Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura

Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
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Concepto:El 26 de junio es un recordatorio del sufrimiento continuo de decenas de miles de víctimas que necesitan ayuda urgente.

Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura. La Convención de las Naciones Unidas conmemora todos los 26 de junio desde 1987.

Origen

La tortura se considera un crimen en el derecho internacional. Con la tortura se trata de destruir la personalidad de la víctima despreciando la dignidad intrínseca de todo ser humano. Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos la práctica de la tortura por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes.

El 12 de diciembre de 1987, la Asamblea, por recomendación del Consejo Económico y Social proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura, con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que entró en vigor el 26 de junio de 1987.

El maltrato y las torturas

El uso de maltratos extremos está absolutamente prohibido por el derecho internacional, en todo momento y en cualquier circunstancia, incluso en situaciones de emergencia o que comprometan a la seguridad nacional. Sin embargo, aún son aplicados e incluso hay quienes están a su favor, subestimando lo perjudicial que resultan para las víctimas y para la sociedad, porque difunden el miedo y la intimidación y pueden generar ciclos de violencia y venganza.

Esta se define como:

“todo acto por el cual se inflija intencionadamente a un individuo dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de él o de un tercero información o una confesión, de castigarlo por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en algún tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.

Fuentes