Declaración de Berlín sobre acceso abierto

Declaración de Berlín sobre acceso abierto
Información sobre la plantilla
Fecha:22 de octubre de 2003
Lugar:Berlín, Alemania
Resultado:
Diseminación del conocimiento utilizando el paradigma del acceso abierto por medio de la Internet.
Líderes:
Sociedad Max Planck


Declaración de Berlín sobre acceso abierto. Aprobada el 22 de octubre de 2003, por representantes de varias instituciones europeas convocados por la Sociedad Max Planck. Compromete a sus signatarios a trabajar a favor del acceso universal a la producción científica de las universidades y centros de investigación. Las universidades, agencias gubernamentales, academias, y asociaciones civiles en todo el mundo adheridas a la Declaración de Berlín asumen la obligación de considerar los retos de la Internet como medio funcional emergente para la distribución del conocimiento.

Objetivo

Promover la Internet como el instrumento funcional que sirva de base global del conocimiento científico y la reflexión humana, y para especificar medidas que deben ser tomadas en cuenta por los encargados de las políticas de investigación, y por las instituciones científicas, agencias de financiamiento, bibliotecas, archivos y museos.

Contribuciones

Para establecer el acceso abierto como un procedimiento meritorio, se requiere idealmente el compromiso activo de todos y cada uno de quienes producen conocimiento científico y mantienen el patrimonio cultural. Las contribuciones del acceso abierto incluyen los resultados de la investigación científica original, datos primarios y metadatos, materiales fuentes, representaciones digitales de materiales gráficos y pictóricos, y materiales eruditos en multimedia.

Condiciones

Las contribuciones de acceso abierto deben satisfacer dos condiciones:

  • El (los) autor(es) y depositario(s) de la propiedad intelectual de tales contribuciones deben garantizar a todos los usuarios por igual, el derecho gratuito, irrevocable y mundial de acceder a un trabajo erudito, lo mismo que licencia para copiarlo, usarlo, distribuirlo, transmitirlo y exhibirlo públicamente, y para hacer y distribuir trabajos derivativos, en cualquier medio digital para cualquier propósito responsable, todo sujeto al reconocimiento apropiado de autoría (los estándares de la comunidad continuarán proveyendo los mecanismos para hacer cumplir el reconocimiento apropiado y uso responsable de las obras publicadas), lo mismo que el derecho de efectuar copias impresas en pequeño número para su uso personal.
  • Una versión completa del trabajo y todos sus materiales complementarios, que incluya una copia del permiso del que se habla arriba, en un conveniente formato electrónico estándar, se deposita (y así es publicado) en por lo menos un repositorio online, que utilice estándares técnicos aceptables (tales como las definiciones del acceso abierto), que sea apoyado y mantenido por una institución académica, sociedad erudita, agencia gubernamental, o una bien establecida organización que busque implementar el acceso abierto, distribución irrestricta, interoperabilidad y capacidad archivística a largo plazo.

Colaboración de las organizaciones

Las organizaciones incluidas en la Declaración de Berlín tienen interés en la mayor promoción del nuevo paradigma del acceso abierto para obtener el máximo beneficio para la ciencia y la sociedad. En consecuencia, contribuyen con este empeño de la siguiente forma:

  • Estimulando a los investigadores/beneficiarios de ayuda a publicar sus trabajos de acuerdo con los principios del paradigma del acceso abierto.
  • Estimulando a los depositarios del patrimonio cultural para que apoyen el acceso abierto distribuyendo sus recursos a través de la Internet.
  • Desarrollando medios y maneras de evaluar las contribuciones de acceso abierto y las revistas electrónicas, para mantener estándares de garantía de calidad y práctica científica sana.
  • Abogando porque la publicación en acceso abierto sea reconocida como factor de evaluación para efectos de ascensos y tenencia.
  • Reclamando el mérito intrínseco de las contribuciones a una infraestructura de acceso abierto mediante el desarrollo de herramientas de software, provisión de contenido, creación de metadatos, o la publicación de artículos individuales.

Teniendo en cuenta que el proceso de desplazarse al acceso abierto cambia la diseminación de conocimiento en lo que respecta a cuestiones legales y financieras, las organizaciones tienen el propósito de encontrar soluciones que ayuden a un mayor desarrollo de los marcos legales y financieros existentes, con el fin de facilitar óptimo uso y acceso.

Metas

La misión fundamental consiste en diseminar el conocimiento, la cual será incompleta si la información no es puesta a disposición de la sociedad de manera expedita y amplia. Es necesario apoyar nuevas posibilidades de diseminación del conocimiento, no solo a través de la manera clásica, sino también utilizando el paradigma del acceso abierto por medio de la Internet. Considerando el acceso abierto como una amplia fuente de conocimiento humano y patrimonio cultural aprobada por la comunidad científica.

Para que se pueda alcanzar una representación del conocimiento global y accesible, la Web del futuro tiene que ser sustentable, interactiva y transparente. El contenido y las herramientas de software deben ser libremente accesibles y compatibles.

Fuentes

  • Declaración de Berlín sobre acceso abierto. Disponible en: GeoTrópico
  • Legislación de acceso abierto en el mundo. Disponible en: Adiat