Ley Orgánica de Aviación Civil
Ley Orgánica de Aviación Civil | |
|---|---|
| Creación | febrero de 2024 |
| Creador | Asamblea Legislativa (El Salvador) |
| País | El Salvador |
La Ley Orgánica de Aviación Civil . Es la norma principal que regula la aviación civil en El Salvador, promulgada mediante el Decreto Legislativo Nº 582. Entró en vigor en sus últimas reformas en febrero de 2024, constituyendo el marco jurídico vigente que rige la explotación, uso y aprovechamiento del espacio aéreo nacional, así como la prestación y desarrollo de los servicios de transporte aéreo. La ley también regula la construcción, rehabilitación, administración, operación y mantenimiento de aeródromos y helipuertos civiles en todo el territorio salvadoreño. El espacio aéreo nacional está sujeto a la soberanía y jurisdicción de la República de El Salvador, conforme al artículo 84 de la Constitución de la República.
Sumario
Objeto y alcance
La ley tiene por objeto:
- Regular la navegación aérea civil y el uso del espacio aéreo.
- Supervisar y controlar la prestación de servicios de transporte aéreo público.
- Normar la operación y mantenimiento de aeródromos, helipuertos y aeropuertos civiles.
- Establecer la competencia y jurisdicción sobre aeronaves civiles y su tripulación.
- Garantizar la seguridad, eficiencia y desarrollo sostenible del sector aeronáutico.
La normativa aplica a todas las aeronaves civiles que se encuentren dentro del territorio salvadoreño o sobrevuelen su espacio, sin importar la nacionalidad del operador, quienes quedan sujetos a la jurisdicción y legislación salvadoreña para efectos de inspección, vigilancia y control.
Creación y naturaleza de la Autoridad de Aviación Civil (AAC)
La ley crea la Autoridad de Aviación Civil (AAC), que es una institución autónoma de servicio público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. La AAC tiene administración independiente en los ámbitos técnico, administrativo y financiero, para garantizar una gestión especializada y eficiente del sector aeronáutico.
La AAC está dirigida por una instancia colegiada, el Consejo Directivo de Aviación Civil (CDAC), y operativamente cuenta con un Director Ejecutivo responsable ante dicho consejo, y con gerencias técnicas y administrativas para cumplir sus funciones.
Funciones y atribuciones de la AAC
De acuerdo con la Ley Orgánica de Aviación Civil, las principales funciones y atribuciones de la AAC son:
- Regulación, fiscalización y control de todas las actividades relacionadas con la aviación civil.
- Autorización, modificación, suspensión y cancelación de permisos y certificados para operadores aéreos, aeródromos, helipuertos, servicios de tránsito aéreo y comunicaciones aeronáuticas.
- Registro y certificación del personal aeronáutico, aeronaves, infraestructuras y servicios aeronáuticos.
- Aplicación de sanciones por incumplimiento de la ley, reglamentos y tratados internacionales vigentes en el país.
- Fomento del desarrollo de la aviación civil bajo los principios de seguridad, eficiencia y sostenibilidad.
- Establecimiento de políticas de cielos abiertos basadas en el principio de reciprocidad real y efectiva.
- Supervisión del cumplimiento normativo en operaciones, mantenimiento y formación aeronáutica.
- Certificación y supervisión de escuelas de aviación y centros de mantenimiento aeronáutico.
- Autorización y control sobre la construcción, ampliación y operación de infraestructuras aeronáuticas.
- Regulación de rutas aéreas, zonas prohibidas o restringidas, horarios y frecuencias de vuelos.
- Implementación de medidas para la seguridad aeroportuaria y aeroportuaria, incluyendo inspecciones para detección de sustancias prohibidas o armas.
- Promoción de la cooperación con organismos internacionales y otras autoridades aeronáuticas.
Consejo directivo de aviación civil (CDAC)
El CDAC es la autoridad máxima dentro de la AAC y está conformado por representantes de sectores públicos y privados relacionados con la aviación civil. El consejo participa en la formulación de políticas, aprobación de reglamentos, supervisión y toma de decisiones estratégicas para el sector.
Jurisdicción y competencia
La ley establece que:
- Todas las aeronaves civiles que se encuentren en territorio salvadoreño o sobrevuelen su espacio aéreo están sujetas a la legislación y jurisdicción del país.
- Los hechos, actos jurídicos y delitos ocurridos a bordo de aeronaves con matrícula salvadoreña están regulados por la normativa nacional.
- Las autoridades aeronáuticas salvadoreñas tienen competencia para inspección, vigilancia y control del tráfico aéreo civil.
Reglamentación complementaria
La Ley Orgánica de Aviación Civil establece la potestad a la AAC para dictar reglamentos, órdenes, circulares, directrices y manuales que desarrollen y complementen la ley, asegurando la aplicación práctica y técnica de sus disposiciones. Esto incluye normativas específicas para operación de drones, aerolíneas, mantenimiento, seguridad aérea y otros aspectos técnicos.