Sociedad Española de Malherbología
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Sociedad Española de Malherbología (SEMh). Asociación con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro, que fomenta, anima, facilita y aúna la investigación, el desarrollo, la divulgación y la docencia de todos los aspectos relacionados con la Malherbología.
Sede
La Sociedad Española de Malherbología tiene su domicilio social en la Unidad Docente de Botánica Agrícola del Departamento de Producción Vegetal: Botánica y Protección Vegetal, de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Madrid, Ciudad Universitaria, 28040, Madrid, España.
Reseña
A finales de los años ochenta la SEMh fue constituida por un grupo de malherbólogos (Drs. Maria Ángeles Mendiola, Milagros Saavedra, José María Sopeña y Carlos Zaragoza). Pero su nacimiento formal se establece en 1989, con su primera Reunión Nacional celebrada en la ETSIA de Madrid, consolidaba actividades esporádicas de décadas anteriores. Se constituyó la SEMh como un foro conjunto de profesionales de universidades, organismos públicos de I+D y del sector privado.
Desde sus inicios, la SEMh constituye un foro de profesionales de universidades, organismos públicos de I+D y del sector privado. Ya se han conseguido muchos logros en distintos aspectos. Se han celebrado varios congresos científicos, espacio que constituye el máximo exponente de la actualidad en Malherbología en el país, y jornadas técnicas sobre diferentes aspectos relacionados con las malas hierbas, con una destacada participación de actores del sector.
Fines
Los fines de la Sociedad Española de Malherbología serán:
- Fomentar, animar, facilitar y aunar la investigac ión, el desarrollo, la divulgación y la docencia de todos los aspectos relacionados con la Malherbología.
- Promover la utilización racional de los métodos de control de las malas hierbas y la protección del medio ambiente.
Actividades
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
- Facilitar intercambios entre personas y organizaciones.
- Informar, colaborar y mantener contactos con las organizaciones nacionales e internacionales, con objetivos afines o complementarios.
- Organizar reuniones, cursos y conferencias.
- Recopilar y difundir la información.
- Promover acciones que potencien la investigación y mejoren la docencia en el campo de la Malherbología.
Socios
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.
La SEMh podrá tener socios de tres clases:
- Socios Numerarios: cualquier persona interesada en los objetivos de la Sociedad, que haya solicitado su adhesión al Secretario.
- Socios de Honor: personalidades que se hayan distinguido por su contribución en favor de los fines de la SEMh.
- Socios Protectores: personas o entidades que deseen contribuir al sostenimiento y desarrollo de la SEMh.
Junta directiva
La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva constituida por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y 4 Vocales; de éstos, tres serán electos y el cuarto será el Presidente saliente. La inexistencia de éste por cualquier causa, se sustituirá con otro Vocal electo.
La Junta Directiva será elegida entre los Socios de número reunidos en la Asamblea General. Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero se presentarán en candidaturas cerradas a la Asamblea General y las candidaturas de los Vocales se presentarán a título personal en la Asamblea General.
La propuesta de candidaturas deberá hacerse al menos 45 días antes de la votación correspondiente y la relación de candidatos que cumplan los requisitos de elegibles, será enviada a los Socios con derecho a voto, al menos 30 días antes de la Asamblea General.
Durante la Asamblea General se constituirá una mesa electoral formada por tres miembros de la Junta Directiva, actuando como Presidente el de mayor edad y como Secretario el más joven. La votación será secreta y se proclamarán elegidos los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos. En caso de empate se procederá a celebrar una nueva votación, con el intervalo de una hora a contar desde el recuento de los votos.
En el caso de que no se presentasen candidaturas deberán ser propuestas por la Junta Directiva en el momento de celebración de la Asamblea General.
Los miembros desempeñarán sus cargos por un período de tres años y podrán ser reelegidos de forma consecutiva una sola vez por otros tres años.
En caso de dimisión o fallecimiento de algún miembro de la Junta Directiva se procederá a cubrir la vacante en la siguiente Asamblea General, mediante la proposición de persona concreta por parte de la Junta a la Asamblea, quien deber á ratificar la propuesta. La duración de este cargo concluirá en la fecha en que hubiera de hacerla el miembro sustituido.
Los miembros de la Junta Directiva podrán ser separados de sus cargos en cualquier momento por la Asamblea General Ordinaria o Extraordi naria, mediante votación, ya a propuesta de la Junta Directiva o del treinta por ciento de los socios numerarios.
La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de cuatro de sus miembros, y, en todo caso, al menos dos veces al año. Deberá ser convocada por el Presidente y anunciada a sus miembros con 20 días de antelación.
