Sociedad Española de Terapia Génica y Celular

Sociedad Española de Terapia Génica y Celular
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Institución con sede en Bandera de España España
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Siglas o Acrónimo:SETGyC
País:Bandera de España España
Sede:Madrid
Sitio web
Portal Web de SETGyC

Sociedad Española de Terapia Génica y Celular (SETGyC). Es una organización sin ánimo de lucro que representa a científicos y profesionales de la salud interesados en estas nuevas terapias.

Sede

SETGyC tiene su sede en CIEMAT (Edificio 70), Av. Complutense, 40, 28040, Madrid, España.

Fines

La SETGyC es una asociación científica y educacional, que se propone cumplir con los siguientes fines:

  • Impulsar en España la investigación original en terapia génica y celular, así como la adaptación de nuevas técnicas relacionadas.
  • Establecer un foro de encuentro entre profesionales relacionados con la terapia génica y celular que ayude al desarrollo y aplicación de estas nuevas estrategias terapéuticas.
  • Contribuir a la difusión y conocimiento de los distintos aspectos de la terapia génica y celular entre los profesionales de la salud de forma que se facilite su implantación como nuevas formas de tratamiento.
  • Servir de referente ante la sociedad para explicar en qué consiste la terapia génica y celular, los avances y limitaciones que vayan produciéndose, así como en general todas aquellas cuestiones que puedan suscitarse a su alrededor.
  • Actuar como interlocutor ante la administración española para asesorar desde el punto de vista técnico-científico en todas aquellas normativas, regulaciones o criterios de evaluación que afecten de forma directa o indirecta a cuestiones relacionadas con la terapia génica y celular.

Actividades

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán actividades de índole exclusivamente científico y educativo, incluyendo específicamente, pero no limitado a ello:

  • La promoción y apoyo al intercambio y difusión de información e ideas relacionadas con la terapia génica y celular.
  • Impulsar el campo general de investigación científica en terapia génica y celular.
  • Promocionar la educación profesional y pública in todo lo relacionado con terapia génica y celular.

Miembros

Para cumplir con los ambiciosos objetivos que se han propuesto, necesitan la participación activa de investigadores básicos, expertos en medicina traslacional, colegas clínicos, representantes de la industria, organismos reguladores, organismos de públicos y privados de financiación y organizaciones de pacientes. Sólo a través del esfuerzo conjunto conseguirán impulsar de manera eficaz la investigación y el desarrollo de nuevas terapias génicas y celulares.

Los miembros activos de esta Sociedad recibirán información actualizada no sólo de la SETGyC, sino también de otras sociedades análogas, tendrán acceso abierto a la revista de la ESGCT: HUMAN GENE THERAPY, tendrán descuentos especiales para la participación en las actividades de la SETGyC y, en definitiva, les resultará más fácil trabajar en los diferentes aspectos que cubren estas terapias y colaborarán de una manera más eficaz al desarrollo de nuevos tratamientos de enfermedades hereditarias y adquiridas.

Socios

Podrán ser Socios aquellas personas mayores de edad que hayan manifestado interés en alguna disciplina relacionada con la terapia génica y celular.

Existen las siguientes categorías de miembros dentro de la Sociedad:

  • Socios Ordinarios. Los profesionales que hayan manifestado interés en alguna disciplina relevante a la terapia génica y celular.
  • Socios en Formación. Aquellas personas que acrediten formación predoctoral o de especialización en programas MIR, FIR, BIR, QIR, etc. Ningún Socio en Formación lo podrá ser por más de cinco años, por lo que transcurrido este plazo pasará automáticamente a ser Socio Ordinario. Los Socios en Formación disponen de los mismos derechos y deberes que los Socios ordinarios con la excepción de que disfrutarán de una tarifa reducida, tanto en la cuota anual como en las reuniones que organice la Sociedad y que no podrán ser elegibles a los cargos de Presidente, Presidente electo, Secretario y Tesorero.
  • Socios Eméritos. Los que habiendo sido Socios ordinarios, hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad o no puedan satisfacer sus cuotas. Para la calificación de Socio Emerito, el Socio habrá de solicitarlo por escrito, y ser aprobado por la Junta Directiva. Los Socios Eméritos disponen de los mismos deberes que los Socios Ordinarios y derecho a tomar parte en las actividades de la Sociedad y a recibir información sobre los acuerdos adoptados, pero no a participar en las Asambleas con voto, a ser elegibles para cargos directivos, o a pertenecer a comisiones. Los miembros Eméritos no pagarán tarifa, ni en la cuota anual ni en las reuniones que organice la Sociedad.
  • Socios de Honor. Aquellas personas que, por su especial contribución a la terapia génica y celular, merezcan un reconocimiento especial. La calificación de Socio de Honor la dará la Junta Directiva. Disfrutrán de los mismos derechos y deberes que los Socios Eméritos.
  • Socios Protectores: Podrán ser Socios Protectores aquellas personas o entidades que contribuyan de manera significativa al sostenimiento y desarrollo de la Sociedad, y sean aprobados por la Junta Directiva. Tendrán derecho a voto en las Asambleas, pero no podrán ser elegibles para cargos directivos.

Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:

  • Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
  • Por incumplimiento de sus obligaciones económicas, si dejaran de satisfacer dos cuotas anuales.
  • Por conducta incorrecta o comportamiento que altere ostensiblemente la convivencia entre los Socios. Para juzgar sobre este particular, sólo será hábil la Junta Directiva, que podrá actuar por propia voluntad o a instancia de dos de los Miembros, y decidirá cualquier resolución por mayoría de dos tercios.

Junta directiva

La asociación será dirigida y administrada por una Junta Directiva formada por un Presidente, un Presidente electo, un Secretario, un Tesorero, y seis vocales.

  • Los cargos de Presidente, Presidente Electo, Secretario y Tesorero serán desempeñados por Socios Ordinarios.
  • Los cargos de Vocal podrán ser desempeñados por Socios de Ordinarios o en Formación, pero no más de uno de los vocales podrá ser Socio en Formación.
  • Todos los cargos que compongan la Junta Directiva serán no remunerados, y serán designados por la Asamblea General Extraordinaria.

La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente o por iniciativa de cinco de sus miembros. Quedará constituida cuando se reúnan al menos seis de sus miembros y la participación podrá efectuarse mediante teleconferencia u otro sistema electrónico que no ofrezca dudas razonables sobre la identidad de los participantes.

La notificación para las reuniones deberá hacerse con diez días de antelación. Para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. El voto del Presidente será de calidad en caso de empate.

Fuentes