Poder Público Nacional (Venezuela)
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El Poder Público Nacional de Venezuela es la forma en que el Estado venezolano ejerce su poder. Está dividido en 5 poderes: el poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral de los ciudadanos.
Sumario
- 1 Funciones
- 2 Características
- 3 Distribución
- 4 Poder Legislativo
- 5 Poder Ejecutivo
- 6 Poder Judicial
- 7 Poder ciudadano
- 8 Poder Electoral
- 9 Atribuciones
- 10 El poder judicial nacional
- 11 Tribunal Supremo de Justicia
- 12 Tribunales ordinarios
- 13 Poder ciudadano nacional
- 14 Poder electoral nacional
- 15 Consejo nacional electoral
- 16 Poder público estatal
- 17 Poder Ejecutivo Estatal
- 18 Poder Legislativo Estatal
- 19 Poder Judicial Estatal
- 20 Poder Ciudadano
- 21 Poder Publico Municipal
- 22 Poder Ejecutivo Municipal
- 23 Poder Legislativo Municipal
- 24 Las juntas parroquiales
- 25 Poder ciudadano municipal
- 26 Fuentes
Funciones
- Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
- Decretar amnistías.
- Discutir y aprobar el presupuesto nacional
- Discutir y aprobar los proyectos de leyes concernientes al régimen tributario y al crédito público.
- Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
- otros
Características
- Distribuido entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional.
- Es unitario.
- Para su mejor actuación y administración se divide en ramas del poder público (legislativa, ejecutiva y judicial) y/o órganos cada uno de los cuales ejerce funciones acordes a su esencia.
Distribución
- Está conformado por el poder ejecutivo, legislativo, judicial, ciudadano y electoral.
- Tiene una distribución vertical y otra horizontal.
- Distribución vertical: poder público nacional, poder público estadal y poder público municipal.
- Distribución horizontal: además de los poderes ejecutivos, legislativos y judicial, se incorporan el poder judicial y el poder ciudadano con el objeto de consolidar el respeto, autonomía e independencia de los procesos electorales y los derechos humanos.
Atribuciones del poder publico nacional
Algunas atribuciones del poder público nacional son:
- La política y la actuación internacional de la república
- La policía nacional
- La seguridad, defensa y desarrollo nacional
- Las políticas y servicios nacionales de educación y salud
- La organización y administración de la justicia, del ministerio público y la defensoría del pueblo
- Otros
Estructura horizontal del poder Público
- Poder ejecutivo nacional
- Presidente(a)
- Vicepresidente(a)
- Ministros(a)
- Procurador(a)
- Consejo de estado
Poder Legislativo
Es dirigido por una cámara unida a la Asamblea Nacional, encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Se componía por 167 diputados y actualmente son 227 diputados, que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos.
Poder legislativo nacional
Representa el organismo encargado de elaborar las leyes. Esta institución sufrió unas de las mayores modificaciones en su estructura al implantarse la nueva constitución.
Con esta estructura desaparecen los llamados diputados adicionales y al eliminar el senado, desaparece la figura del senador vitalicio.
Atribuciones
- Decretar amnistías.
- Dar voto de censura al vicepresidente y ministro.
- Aprobar tratados y acuerdos internacionales que celebre el ejecutivo.
- Otros.
Poder Ejecutivo
Es ejercido por el Presidente Ejecutivo de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros y demás funcionarios del Gobierno venezolano, según los designios de la Constitución.
Poder Judicial
Es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos, y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales inferiores que se establezcan.
Poder ciudadano
El poder ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano (CMR) integrado por el defensor del pueblo, el fiscal general de la República Bolivariana de Venezuela y el contralor general de la República.
Poder Electoral
Constituido y representado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), quien se encarga de ser el árbitro a la hora de votar.
Atribuciones
La política y la actuación internacional de la República.
La defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República, la conservación de la paz pública y la recta aplicación de la ley en todo el territorio nacional.
El poder judicial nacional
Atribuciones
- Ejecutar y aplicar imparcialmente las normas que expresen la voluntad popular.
- Someter a todos los poderes públicos al cumplimientos de la constitución y las leyes.
- Controlar la legalidad de la actuación administrativa.
- Ofrecer a todas las personas tutela efectiva en el ejercicios de sus derechos e intereses legítimos
Tribunal Supremo de Justicia
Atribuciones
- Conocer del recurso de casación.
- Decidir los conflictos de competencia de los tribunales.
- Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del ejecutivo nacional.
- Otras
Tribunales ordinarios
Son los encargados de administrar a la justicia en todo el territorio nacional. De acuerdo a sus funciones y al lugar donde actúen se subdividen en tribunales de jurisdicción ordinaria y los de jurisdicción especial
Poder ciudadano nacional
El poder ciudadano está constituido
- Ministerio publico.
- Defensoría del pueblo.
- Contraloría general de la republica.
Poder electoral nacional
El poder electoral se ejerce a través del Consejo Nacional Electoral; el cual se encuentra estructurado por la Junta Electoral Nacional, la comisión de registro Civil y Electoral, y la comisión de participación política y financiamiento. Estas dependencias del Poder electoral garantizaran la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales.
Consejo nacional electoral
El consejo Nacional Electoral, máxima dependencia del poder Electoral se encuentra integrado por 5 personas que no deben estar vinculados con ninguna organización política; tres serán postulados la sociedad sociedad civil; otro por las facultades de ciencias jurídicas; y el quinto por el Poder Ciudadano.
Atribuciones
- Reglamentar las leyes electorales
- Declarar la nulidad parcial o total de las elecciones
- Organización y registro de las organizaciones con fines políticos
- Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones políticas
- Otras
Poder público estatal
La Constitución Bolivariana, representa y reúne las llamadas leyes nacionales o leyes bases, que establecen los conceptos generales, básicos y orientadores, que servirán de marco a los Estados para que elaboren sus propias leyes en función de estos principios, lo que determinara y mejorara la delimitación de competencia.
Poder Ejecutivo Estatal
Este poder lo ejerce el llamado Consejo Legislativo, cuyo número de miembros no podrá ser de mayor de 15 ni menor de 7, quienes proporcionalmente representan la población del Estado y de los municipios.
Poder Legislativo Estatal
Este poder lo ejerce el llamado Consejo Legislativo, cuyo número de miembros no podrá ser mayor de 15 ni menor de 7, quienes proporcionalmente representan la población del Estado y de los municipios.
Atribuciones
- Legislar sobre las materias de competencia estadal.
- Sancionar la ley de presupuesto del Estado.
- Las Demás que establezca la constitución y las leyes.
Poder Judicial Estatal
Con el objetivo de promover la descentralización administrativa y jurisdiccional de Poder Judicial, se ha regulado la organización de circuitos judiciales, así como la creación y competencia de tribunales y cortes regionales.
Poder Ciudadano
Se establece la creación de una contraloría Estadal, que gozara de autonomía orgánica y funcional. El Contralor(a), como máxima autoridad, se encargara del control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes del Estado, este funcionario será escogido por concurso público.
Poder Publico Municipal
El poder municipal, es definido por nuestra Constitución como la unidad política primera de la organización nacional, que goza de personalidad jurídica y de autonomía.
Poder Ejecutivo Municipal
Atribuciones el Alcalde
- Dirigir el gobierno y la administración municipal o distrital y ejercer la representación del municipio
- Ejecutar, dirigir e inspeccionar los servicios y obras municipales o distritales
- Dictar reglamentos, decretos, resoluciones y demás actos administrativos de la entidad
- Elaborar y disponer la ejecución de los planes de desarrollo urbano local, sancionado por el Consejo o Cabildo.
- Conceder ayudas y otorgar bacas, pensiones y jubilaciones de acuerdo a las leyes.
Poder Legislativo Municipal
Consejo municipal
Constituye la máxima autoridad legislativa del municipio y se encuentra integrado por los concejales, electos mediante votación popular, universal, directa y secreta con duración en sus funciones de 4 años.
Funciones
- Nombrar al Vicepresidente de la cámara quien suplirá las faltas temporales del alcalde
- Designar al Secretario, al Sindico Procurador y al Contralor Municipal
- Aprobar los instrumentos jurídicos municipales(Ordenanzas y acuerdos), planes y programas de gestión municipal, concesión de servicios públicos, traspaso de ejidos e inmuebles
- Otras.
Las juntas parroquiales
Las parroquias son demarcaciones de carácter local dentro del territorio de los municipios, creadas con el objeto de descentralizar la administración municipal, promover la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos locales.
Funciones
- Promover la participación ciudadana en la gestión de los asuntos comunitarios.
- Elevar a la consideración del Alcalde (sa) y del Consejo Municipal las aspiraciones de los vecinos relacionados con la prioridad y urgencia de la ejecución, reforma o mejoras de obras y servicios locales.
Poder ciudadano municipal
Contraloría municipal
Le corresponde el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes municipales. Esta dirigida por el Contralor Municipal, designado por el consejo mediante concurso público que garantice la idoneidad y capacidad de quien sea designado.
Juez de paz
Esta nueva figura es promovida por las alcaldías, cuyo objeto principal es el que se convierta en una especie de arbitro en las confrontaciones menores suscitadas entre vecinos de un barrio, urbanización, residencias, etc., de un municipio, otorgándole la razón al que la tiene en función del principio de la igualdad, integridad y justicia.

