Diferencia entre revisiones de «Derecho Agrario»

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*Disposiciones que dicta el Consejo de Ministro, como máximo órgano del Poder Ejecutivo  
 
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*ARIAS, G: Il diritto agrario, en “Revista de Derecho Agrario”, 1928.  
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*ARIAS, G: Il diritto agrario, en “Revista de Derecho Agrario”, [[1928]].  
*AMAYA SILVA, Ruth: ¿Hay crisis en el Derecho Agrario?, en ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo y otros, “Derecho Agrario del futuro”, Editorial Guayacán, San José, Costa Rica, 2000.  
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*AMAYA SILVA, Ruth: ¿Hay crisis en el Derecho Agrario?, en ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo y otros, “Derecho Agrario del futuro”, Editorial [[Guayacán]], San José, [[Costa Rica]], [[2000]].  
*BALLARÍN MARCIAL, Alberto: Derecho Agrario, Editorial Revista de Derecho Privado, 2da edición, Madrid, 1978.  
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*BALLARÍN MARCIAL, Alberto: Derecho Agrario, Editorial Revista de Derecho Privado, 2da edición, [[Madrid]], [[1978]].  
*BARAHONA, Rodrigo: Derecho Agrario en América Latina, en “Revista de Derecho Agrario”, Costa Rica  
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*BARAHONA, Rodrigo: Derecho Agrario en [[América Latina]], en “Revista de Derecho Agrario”, Costa Rica  
*MALDONADO, Abraham: Derecho Agrario (doctrina, historia y legislación), La Paz, Imprenta Nacional, 1956.  
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*MALDONADO, Abraham: Derecho Agrario (doctrina, historia y legislación), La Paz, Imprenta Nacional, [[1956]].  
*MAIZTEGUI MARTÍNEZ, Horacio: Introducción al estudio del Derecho Agrario, Colección jurídica y social, Editora Universidad Nacional del Litoral, 1994.  
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*MAIZTEGUI MARTÍNEZ, Horacio: Introducción al estudio del Derecho Agrario, Colección jurídica y social, Editora Universidad Nacional del Litoral, [[1994]].  
*MAROI, Fulvio: Lezioni di Diritto Agrario, 2da edición, Roma, Editorial Stamperia Nazionale, 1956.  
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*MAROI, Fulvio: Lezioni di Diritto Agrario, 2da edición, [[Roma]], Editorial Stamperia Nazionale, 1956.  
*MONCADA QUINTERO, Gabriel: Código Judicial Agrario concordado y comentado, Grupo Editorial LEYER 2da edición, Colombia, 1977.  
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*MONCADA QUINTERO, Gabriel: Código Judicial Agrario concordado y comentado, Grupo Editorial LEYER 2da edición, [[Colombia]], [[1977]].  
*MUGABURU, Raúl: Teoría Autonómica del Derecho Rural; citado por ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo: “Revista Argentina de Derecho Agrario y Comparado”, Instituto Argentino de Derecho Agrario, Rosario, Argentina, 1997  
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*MUGABURU, Raúl: Teoría Autonómica del Derecho Rural; citado por ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo: “Revista [[Argentina]] de Derecho Agrario y Comparado”, Instituto Argentino de Derecho Agrario, Rosario, Argentina, [[1997]]
*NAVARRETE ACEVEDO, Cratilio R: Apuntes sobre Derecho Agrario Cubano, MES, Editorial ENPES, La Habana, 1987.  
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*NAVARRETE ACEVEDO, Cratilio R: Apuntes sobre Derecho Agrario Cubano, MES, Editorial ENPES, [[La Habana]], [[1987]].  
*PEREIRA SODERO, Fernando: Direito Agrario e Reforma Agraria Brasil, en “Revista de Derecho Agrario”, 1978.  
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*PEREIRA SODERO, Fernando: Direito Agrario e Reforma Agraria [[Brasil]], en “Revista de Derecho Agrario”, [[1978]].  
*PÉREZ CRESPO, Yinmi: La jurisdicción del Derecho Agrario, Ponencias Derecho Económico, Agrario y Administrativo, Conferencia jurídica Nacional ONBC, 1998.
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*PÉREZ CRESPO, Yinmi: La jurisdicción del Derecho Agrario, Ponencias Derecho Económico, Agrario y Administrativo, Conferencia jurídica Nacional ONBC, [[1998]].
  
 
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Revisión del 11:18 5 ene 2011

Derecho agrario
Información sobre la plantilla
Derecho Agrario.jpg
Concepto:Rama del Derecho, que estudia, regula y controla todo lo referente a las posesiones de tierras y su explotación.

Antecedentes

El Derecho Agrario en Cuba comenzó a desarrollarse como rama científica luego de 1942, año en que se creó en la insigne Universidad de la Habana, la primera cátedra de Derecho Agrario, por el Doctor Manuel Dorta Duque

Entre los años 1946 y 1947 se comenzaron a evidenciar en el país una serie de transformaciones en esta dirección, dentro de las cuales se encuentran: la aprobación por la Cámara de Representantes de la creación de la "Comisión Especial para la Reforma Agraria"; y la propuesta por parte de Manuel Dorta a esta entidad, de desarrollar el Primer Proyecto de Código Agrario de Cuba. Dicha propuesta no fue materializada, pese a las numerosos debates y gestiones.

Primer Proyecto de Código Agrario de Cuba

Este proyecto se proponía brindar soluciones integrales agrarias como:

  • El aprovechamiento de las tierras, los mercados, el productor, el consumidor, el régimen jurídico-económico.
  • La distribución de las tierras entre los campesinos, las formas de producción y su incremento, el crédito agrícola, el transporte, las cooperativas.
  • La creación de un régimen social de protección del campesinado y su familia para el cuidado de su vivienda, salud, educación y su preparación técnica.

Se planteaba además la creación del INA (Instituto Nacional Agrario), al cual se le atribuían funciones administrativas, de control, entre otras.

Definición

Derecho Agrario es la rama del Derecho, que se encarga de establecer las regulaciones de las distintas formas de propiedad sobre la tierra, lo cual conlleva hablar de la actividad encargada de hacerla producir. Es decir, la producción agropecuaria, está dirigida a la obtención y posterior distribución y comercialización del fruto de este trabajo.

En el transcurso de la producción, se generan un conjunto de relaciones laborales y sociales.

Causas de la formación del Derecho Agrario

  • Vinculación de la economía nacional a la producción azucarera.
  • Participación de la gran producción azucarera cubana en los mercados extranjeros.
  • Medidas proteccionistas de aranceles norteamericanos.
  • Carencia en Cuba de un régimen monetario y bancario propios.
  • Abandono del patrimonio inmobiliario del Estado cubano y el tratamiento inadecuado de las finanzas públicas.
  • Acción de los colonos y obreros azucareros.

Sin embargo, en Cuba no es hasta 1959, que comenzó a desarrollarse el Derecho Agrario, a través del cual surgieron nuevas formas de propiedad, sobre la tierra agrícola y relaciones de producción en consecuencia; unido a otros factores.

Contenido del Derecho Agrario

El contenido del Derecho Agrario está determinado por las especificidades del país en donde se desarrolla. En el caso de Cuba el contenido del Derecho Agrario está conformado por:

  • Las formas de propiedad y posesión sobre la tierra reconocida en nuestra Constitución y el resto de las normas jurídicas.
  • Los agricultores pequeños.
  • Las cooperativas agrarias
  • Transmisión inter vivos y mortis causa de la propiedad agraria
  • La planificación de la producción agrícola.
  • Los contratos económicos encaminados a la ejecución de esa planificación.
  • Las relaciones bancarias y crediticias que se establecen en el proceso de la producción agrícola.
  • El acopio y comercialización de los productos agrícolas.
  • Las relaciones laborales que se establecen en el proceso de producción agrícola y las particulares prestaciones de la seguridad social que de la misma se derivan.
  • Normas relativas a la protección del medio ambiente en la actividad agropecuaria.
  • La actividad registral en materia agraria.
  • Infracciones y/o contravenciones en materia agraria así como medidas expropiatorias y confiscatorias.

Principios

  • Principio del tránsito de la propiedad privada a la propiedad social
  • Principio de la consolidación de las relaciones socialistas de producción
  • Principio del control del Estado sobre el uso y tenencia de la tierra en los diferentes sectores.
  • Principio de la utilización eficiente y racional de los recursos agropecuarios.
  • Principio de la legalidad socialista en las relaciones agrarias

Fines

Búsqueda de regulaciones jurídicas idóneas para el desenvolvimiento de las relaciones sociales que constituyen su objetivo, para ello se traza determinados principios a través de los cuales se pretende llegar al cumplimiento de su fin específico y en consecuencia al desarrollo progresivo de la sociedad.

Fuentes del Derecho Agrario

  • Constitución de la República.
  • Leyes de Reforma Agraria.
  • Ley Número 95 del 2002 “Ley de Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios”
  • Decreto-Ley Número 217 del 2001 de Seguridad Social de los miembros de la CPA”
  • Decreto- Ley Número 125 de 1991 “Régimen de posesión propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios”
  • Disposiciones que dicta el Consejo de Ministro, como máximo órgano del Poder Ejecutivo
  • Tribunal Supremo de Cuba

Fuentes

  • ARIAS, G: Il diritto agrario, en “Revista de Derecho Agrario”, 1928.
  • AMAYA SILVA, Ruth: ¿Hay crisis en el Derecho Agrario?, en ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo y otros, “Derecho Agrario del futuro”, Editorial Guayacán, San José, Costa Rica, 2000.
  • BALLARÍN MARCIAL, Alberto: Derecho Agrario, Editorial Revista de Derecho Privado, 2da edición, Madrid, 1978.
  • BARAHONA, Rodrigo: Derecho Agrario en América Latina, en “Revista de Derecho Agrario”, Costa Rica
  • MALDONADO, Abraham: Derecho Agrario (doctrina, historia y legislación), La Paz, Imprenta Nacional, 1956.
  • MAIZTEGUI MARTÍNEZ, Horacio: Introducción al estudio del Derecho Agrario, Colección jurídica y social, Editora Universidad Nacional del Litoral, 1994.
  • MAROI, Fulvio: Lezioni di Diritto Agrario, 2da edición, Roma, Editorial Stamperia Nazionale, 1956.
  • MONCADA QUINTERO, Gabriel: Código Judicial Agrario concordado y comentado, Grupo Editorial LEYER 2da edición, Colombia, 1977.
  • MUGABURU, Raúl: Teoría Autonómica del Derecho Rural; citado por ZELEDÓN ZELEDÓN, Ricardo: “Revista Argentina de Derecho Agrario y Comparado”, Instituto Argentino de Derecho Agrario, Rosario, Argentina, 1997
  • NAVARRETE ACEVEDO, Cratilio R: Apuntes sobre Derecho Agrario Cubano, MES, Editorial ENPES, La Habana, 1987.
  • PEREIRA SODERO, Fernando: Direito Agrario e Reforma Agraria Brasil, en “Revista de Derecho Agrario”, 1978.
  • PÉREZ CRESPO, Yinmi: La jurisdicción del Derecho Agrario, Ponencias Derecho Económico, Agrario y Administrativo, Conferencia jurídica Nacional ONBC, 1998.