Bula papal

Bula Papal
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Carta especial o documento de la Iglesia católica
Tipo de textoReligioso
Creación3 de mayo de 1493

Bula Papal. Carta especial o documento de la Iglesia Católica, relativo a materia de fe o cuestiones generales que llevan el sello del Papa.

Etimología

En la edad media, la palabra bula significaba sello, por lo que se aplicaba también al documento en el que se realizaba la impresión. La aplicación de este término, de forma exclusiva, a los documentos papales, en oposición a los documentos de Estado que llevan el membrete real, es un hecho moderno.

Origen de las Bulas

Cuando a finales de marzo de 1493 llegó a la corte española la noticia del éxito colombino, mezclada con las alarmantes pretensiones de Juan II de que lo recién descubierto por Colón al otro lado del océano pertenecía a Portugal, los Reyes Católicos pusieron inmediatamente en marcha su dispositivo diplomático con el fin de alcanzar dos objetivos principalmente:

  1. Que el papa reconociera por medio de unas bulas el derecho de los Reyes Católicos sobre los descubrimientos de las Indias. Con ello, Castilla no hacía sino repetir el procedimiento seguido por Portugal años antes en los mares y tierras africanas al sur de las Canarias.
  2. Que Portugal aceptara un meridiano de demarcación sobre el océano, en lugar del paralelo de las Canarias, con el fin de delimitar el campo de actuación exclusiva correspondiente a uno y otro reino en el futuro.

Entre los meses de abril y septiembre de 1493, los monarcas hispanos supieron compaginar diplomacia y fuerza en aras de ganar la partida a Juan II de Portugal. Primeramente, en Roma, el papa de origen español, y en esas fechas amenazado por tropas francesas, Alejandro VI, no le negaba nada a su aliado Fernando el Católico. En segundo lugar, la segunda flota colombina, bien equipada militarmente, cubriría el escenario indiano, por si había que atajar algún peligro portugués. Por último, la armada de Vizcaya, organizada con extraordinaria rapidez (mayo y junio de 1493) y mucho poder, se dejaría ver y sentir por las costas portuguesas, golfo de Cádiz y estrecho de Gibraltar.

Durante los meses citados, el papa Alejandro VI mandó despachar sucesivamente cuatro bulas de indudables consecuencias para el futuro del Nuevo Mundo. Dos de ellas son conocidas con el nombre de Inter Caetera, la tercera con el de Eximiae Devotionis, y bajo el título de Dudum Siquidem la cuarta.

Primera Bula Intercaetera

Por la bula intercaetera, la primera promulgada el 3 de mayo de 1493, Alejandro VI Borgia dio a Castilla los derechos a:

"(...) todas las tierras firmes e islas remotas e incógnitas hacia las partes occidentales y en el océano que no pertenecían a ningún soberano cristiano."

Concedía así a Castilla, en occidente, los mismos derechos que otros Papas -Nicolás V, Calixto III y Sixto IV- habían concedido a Portugal al sur y al este.

Segunda Bula Intercaetera

Al día siguiente, 4 de mayo de 1493, se fechó la segunda intercaetera, conocida como bula de donación-demarcación, donó, en posesión eterna a los reyes de Castilla de:

"(...) todas las islas y tierras firmes, descubiertas y por descubrir al oeste y al sur desde una línea desde el polo Ártico (...) hasta el Polo Antártico. Esta línea debe estar a cien leguas al oeste y al sur de cualquiera de las islas llamadas Azores y Cabo Verde (30 grados de longitud oeste)."

Bula Eximiae Devotionis

Fechada el 3 de mayo de 1493, recoge la concesión de privilegios espirituales que contenía la primera Inter Caetera. Se concedieron los mismos privilegios que los otorgados a los reyes de Portugal. De esta bula no se conserva el original, sino sólo copias en el Archivo de Indias y en el Vaticano.

Bula Dudum Siquidem

Denominada de extensión y ampliación de la segunda Inter Caetera, y fechada el 26 de septiembre de 1493, trataba de matizar los derechos de Castilla y Portugal a la India asiática.

En la Bula Dudum Siquidem, se concreta que los castellanos podrán ocupar y conquistar la India asiática siempre que naveguen por la ruta de occidente y mediodía y no se hubieran adelantado los portugueses, los cuales podían hacer lo mismo navegando por el este. El original y un duplicado de este documento se encuentran en el Archivo General de Indias.

Las potencias europeas, a quienes esas bulas excluyeron del acceso a América, no les hicieron el menor caso.

Características

El sello pontifical impreso en la mayoría de las bulas está hecho de plomo y lleva estampado a un lado el nombre del papa reinante, y al otro lado, las figuras de las cabezas de san Pedro y san Pablo. Se añade un sello dorado, o bulla áurea, a los documentos papales de especial importancia.

Un decreto del papa León XIII en 1878 permitió la estampación de membretes rojos en lugar de sellos para facilitar el correo.

Otra de las innovaciones de León XIII fue la sustitución del manuscrito romano por el documento gótico arcaico, utilizado por papas anteriores.

Hasta el siglo XI las bulas pontificias se escribían en papiro; más tarde pasó a utilizarse el pergamino.

Fuente