Consejo Nacional de Investigación en Salud
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Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS). Órgano independiente, multidisciplinario, de carácter ético, técnico y científico, adscrito al Ministerio de Salud con un grado de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental creado con el propósito de garantizar la calidad de las investigaciones biomédicas y su estricto apego a los derechos humanos y con el propósito de que su funcionamiento y criterio sea objetivo y neutral, apegado a los principios que rigen la investigación biomédica y a la bioética. Fundado el 25 de abril de 2014.
Sumario
Ubicación geográfica
Su sede radica en la provincia de San José en Costa Rica.
Reseña histórica
El 25 de abril del 2014, se publica en la Gaceta N° 79, la Ley N° 9234 “Ley Reguladora de Investigación Biomédica”, que en su artículo 34 crea el Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS) como un órgano independiente, multidisciplinario, de carácter ético, técnico y científico, adscrito al Ministerio de Salud, con un grado de desconcentración máxima y con personalidad jurídica instrumental.
Esas características, le otorgan a este órgano autonomía, tal y como fue el objetivo de la Ley desde el inicio de su redacción, con el fin de que su funcionamiento y criterio sea objetivo y neutral, apegado a los principios que rigen la investigación biomédica y a la bioética que debe caracterizar las investigaciones en las que participan seres humanos, posicionándolo como el ente rector en materia de investigación biomédica a nivel nacional.
El artículo 35 de la Ley, define que “El CONIS tendrá como fines garantizar la calidad de las investigaciones y su estricto apego a los derechos humanos. Sus integrantes deberán actuar con absoluta independencia de criterio, evitando en sus decisiones la influencia de intereses políticos y comerciales.
La Universidad de Costa Rica, (UCR) manifestó al Poder Ejecutivo, su preocupación por la posible eliminación del Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS) como órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, tal y como lo pretende el proyecto de Ley de recuperación de competencias y fortalecimiento de las jerarquías de los ministros.
Se conoció mediante Pronunciamiento emitido por el Consejo Universitario, en el cual afirma que esta acción debilitaría a un ente que es de carácter objetivo, científico, multidisciplinario, con representación de diversas instituciones y visiones científicas, que resguarda y garantiza la ejecución de buenas prácticas en la investigación con seres humanos en materia de salud, en los sectores público y privado.
Para el Órgano Colegiado, esta iniciativa de ley generaría un retroceso en la normativa existente y afectaría negativamente tanto la inversión como la ejecución de investigaciones biomédicas, a la vez que se correría el riesgo de que intereses económicos, políticos o de otra índole no científica prevalezcan en la toma de decisiones.
Funciones
- Ley 9234 Ley de investigaciones en salud
- Regular y supervisar y dar seguimiento a las investigaciones biomédicas y garantizar la vida, la salud, el interés, el bienestar y la dignidad de las personas.
- Acreditar, registrar y supervisar el funcionamiento de los CEC, tanto públicos como privados, a las organizaciones de administración por contrato (OAC) y a las organizaciones de investigación por contrato (OIC).
- Acreditar a los investigadores que llevan a cabo investigaciones biomédicas.
- Resolver, en un plazo que no excederá de tres meses, los conflictos entre los investigadores y los CEC.
- Conocer y resolver oportunamente las denuncias o los reclamos contra los investigadores, las OIC, las OAC, los CEC o las entidades de las que estos dependen.
- Supervisar e inspeccionar cualquier OAC, OIC, CEC, investigador o proyecto de investigación para verificar el cumplimiento de las normas establecidas.
- Suspender, por razones de urgencia comprobada, o bien, cancelar en cualquier momento, la aprobación de un proyecto de investigación, si se determina que está en peligro la libertad, la dignidad, la privacidad, la salud o el bienestar de los participantes.
- Suspender, de manera temporal o permanente, la acreditación de un CEC o investigador, si se determina que no está cumpliendo lo establecido en la presente ley.
- Promover e impulsar la capacitación en bioética en investigación, en el ámbito nacional en general, y en particular a los CEC, a los patrocinadores e investigadores.
- Informar, por escrito, a las autoridades de salud de las regiones de salud del Ministerio de Salud, sobre las investigaciones aprobadas y que estén por desarrollarse en su jurisdicción.
- Presentar una memoria anual de funciones a las instituciones representadas en el Conis.
Objetivo institucional
Órgano independiente, multidisciplinario, de carácter ético, técnico y científico, adscrito al Ministerio de Salud con un grado de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental y con el propósito de que su funcionamiento y criterio sea objetivo y neutral, apegado a los principios que rigen la investigación biomédica y a la bioética que debe caracterizar las investigaciones en las que participan seres humanos, posicionándolo como el ente rector en materia de investigación biomédica a nivel nacional.
Desde su creación, en el año 2014, es el ente encargado de regular, supervisar y dar seguimiento a las investigaciones biomédicas, así como garantizar la vida, la salud, el interés, el bienestar y la dignidad de las personas; también de acreditar, registrar y supervisar el funcionamiento de los comités ético- científicos, tanto de carácter público como privado.
Compromiso institucional
La Universidad de Costa Rica, (UCR) reafirmó su compromiso con el desarrollo científico y humanístico basado en el respeto a los derechos humanos sin exclusión, los cuales deben prevalecer en todas las investigaciones.
Asimismo, afirmó que la Ley general de salud establece claramente que “la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado, por lo que se hace necesaria la creación de estrictos mecanismos de regulación, control y seguimiento de la investigación biomédica que aseguren la protección de las personas participantes y la correcta ejecución de las investigaciones”.
Por su parte, esta casa de estudios superiores reconoció que el bienestar integral de la población es un bien de interés público jurídicamente tutelado por el Estado; además, establece que la investigación en que participan seres humanos se justificará siempre y cuando no existan otros medios de adquisición del conocimiento.
Misión
Liderar con compromiso y calidad el desarrollo efectivo de los preceptos bioéticos y científicos; mediante la promoción de la investigación y la capacitación de los actores del SNIB y ejecutando acciones de regulación, supervisión y seguimiento, con absoluta independencia de criterio y sin influencia de intereses políticos, económicos y comerciales, para garantizar los derechos humanos de los participantes.
Visión
Autoridad reconocida a nivel nacional e internacional por garantizar el desarrollo de la investigación biomédica de alto valor social y calidad ética y científica para la protección de la vida y la salud de la población, así como el bienestar y la dignidad de las personas que participen en las investigaciones biomédicas.
Valores
- Compromiso
- Trabajo en Equipo
- Calidad
- Efectividad
Buenas prácticas en Investigación Biomédica
- CONIS-Form 17 Solicitud aval curso BPI-Observacional v.4 (WORD) (PDF).
- CONIS-Form 17.1 Hoja de cotejo solicitud curso BPI Observacional V1 01 julio 2020_sesión 30 (WORD) (PDF).
- CONIS-Form 18 Solicitud aval curso BPI-Intervencional v.4 (WORD) (PDF).
- CONIS-Form 18.1 Hoja de cotejo solicitud curso BPI Intervencional V1 01 julio.
Investigaciones Registradas
- Investigaciones Registradas 2019-2024
- Estudios COVID -19
Fuentes
- Consejo Nacional de Investigación en Salud (CONIS). (2025). https://conis.ministeriodesalud.go.cr/
- Objetivo institucional. (2025). https://www.cu.ucr.ac.cr/inicio/noticias/noticia/Articulo/ucr-expresa-preocupacion-por-posible-eliminacion-del-conis-como-organo-desconcentrado.html


