Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Argentina

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Argentina
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Ministerio
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Logotipo del Ministerio
Datos generales
Nombre:Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Año de creación:10 de diciembre de 2015
Otros datos
Sede oficial:San Martín 451, Buenos Aires, Bandera de Argentina Argentina
Sitio web
http://www.ambiente.gob.ar/

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable . Es un ministerio de Argentina resultado de la elevación a ministerio de la Secretaría del mismo nombre que dependía de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación hasta el 10 de diciembre de 2015, cuando Mauricio Macri designó como titular del flamante ministerio a Sergio Bergman.

Objetivo

Su principal objetivo es asistir al Presidente de la Nación y sus ministerios en el área, como así «coordinar las políticas del gobierno nacional que tengan impacto en la política ambiental, estableciendo la planificación estratégica de políticas y programas ambientales del gobierno nacional». Tiene a su cargo la promoción, difusión, y el desarrollo de actividades para contribuir en su ámbito integrándose con diversos organismos estatales, como así también el cumplimiento del derecho a un medio ambiente sano garantizado por la Constitución argentina.

Facultades

El artículo 23 septies de la Ley de Ministerios indica que le compete al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable asistir al Presidente de la Nación, y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política ambiental y su desarrollo sustentable y la utilización racional de los recursos naturales, y en particular:

  1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
  2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.
  3. Asistir al Presidente de la Nación en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sustentable como política de Estado, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y la gestión ambiental de la Nación, proponiendo y elaborando regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.
  4. Intervenir en el Consejo Federal de Medio Ambiente, integrando y proporcionando los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada gestión del organismo.
  5. Entender en la gestión ambientalmente sustentable de los recursos hídricos, bosques, fauna silvestre y en la preservación del suelo.
  6. Entender en la promoción del desarrollo sustentable de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.
  7. Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sustentable de los recursos naturales, renovables y no renovables.
  8. Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la biotecnología.
  9. Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sustentable, y establecer un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan.
  10. Entender en la preservación y administración de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.
  11. Supervisar el accionar de la Administración de Parques Nacionales.
  12. Entender en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional.
  13. Entender en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
  14. Entender en la administración de programas de financiamiento internacional dedicados a proyectos sobre medio ambiente, cambio climático y preservación ambiental.
  15. Entender en la incorporación de nuevas tecnologías e instrumentos para defender el medio ambiente y disminuir el cambio climático.
  16. Entender en la materia de su competencia las acciones preventivas y ante las emergencias naturales y catástrofes climáticas.

Fuentes