Zona Protectora Caribe Sur

Zona Protectora Caribe Sur
Información sobre la plantilla
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Características
Ecozona:Neotrópico
Clima:Tropical seco
Tipo de vegetación:Bosque tropical intermontano
Localización
Continente(s):Americano
Reparto geográfico
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Zona Protectora Caribe Sur

Zona Protectora Caribe Sur. Ubicada esta zona en Costa Rica, específicamente la provincia de Limón. Su población posee un carisma que nos transporta a vivir el sabor del calipso, la cultura rasta, el reggae y su deliciosa cocina criolla. Su origen proviene de tiempos atrás donde la inmigración de parte de culturas afro caribeñas provenientes de Jamaica y zonas aledañas para trabajar en la elaboración del ferrocarril y el cultivo de banano.

Ubicación territorial

Se localiza dentro de la provincia de Limón, más a la parte sur, en Costa Rica.

Características geográficas

Costa Rica tiene una topografía muy variable con una cadena de montañas de origen volcánico que divide al país en dos, con elevaciones que llegan a 3819 metros sobre el nivel del mar, valles intermontanos y planicies costeras en el Caribe y en el Pacífico.

La precipitación promedio anual varía entre l700 mm en la costa Pacífica en Guanacaste a más de 3000 mm en la costa Caribe y en las llanuras del Norte. Las temperaturas promedio en la costa Caribe es de 26 ° C, 27.8 ° C en la Pacífica y 22 ° C en el Valle Central.

La zona del Caribe Sur presenta un clima generalmente lluvioso, característico de su zona, pero con un promedio anual de clima cálido. Las precipitaciones disminuyen entre enero y abril, y de finales de septiembre a principios de octubre.

Esto se considera por la posición geográfica en el trópico, que formo un puente entre dos masas continentales, las costas y su sistema montañoso, que permitió una variedad de numerosos microclimas.

Su origen proviene de tiempos atrás donde la inmigración de parte de culturas afro caribeñas provenientes de Jamaica y zonas aledañas para trabajar en la elaboración del ferrocarril y el cultivo de banano, dieron paso a un intercambio de razas significativo el cual da origen a este hermosa zona del caribe sur.

La zona caribe sur es una zona digna de ser visitada. Es una zona que invita a la relajación, al descanso y a la tranquilidad. Sus características únicas como su sabor afro caribeño y su comida picante le dan a este el paraje perfecto para visitar.

Hoy día la zona se caracteriza por sus todavía existentes plantaciones de banano, producto que representa un porcentaje de exportación significativo para el país.

Su cultura nos transporta a vivir el sabor del calipso, la rasta, el reggae y su deliciosa cocina criolla. Es una experiencia que no se da en ninguna otra parte del país. Su dialecto se diferencia del resto, aparte del español existe el dialecto Patua, proveniente de Inglaterra, fundamentalmente basado en el idioma inglés y en el español con giros del holandés, términos africanos y franceses.

Su carisma y la simpatía de su pueblo abren las puertas a todo aquel que desee visitarla, desarrollándose este de gran manera a partir de la construcción de la carretera de Guápiles en 1987, creando una vía de acceso de la capital, San José, a Limón.

Una de las atracciones muy practicadas es el surf, aquí miles de turistas visitan las playas de la zona con tal de domar la Salsa Brava: sorprendente ola que alcanza unos 13 metros de altura. Apetecidas olas así como también las playas de Westfalia, Isla Uvita y playa Bonita; playas actualmente reconocidas.

Atracciones turísticas

Como principales atractivos turísticos, esta zona cuenta con el Parque Nacional Cahuita y el Refugio Gandoca- Manzanillo.

  • Parque Nacional Cahuita: Creado en 1970 a razón de proteger el arrecife coral más grande de Costa Rica, el Parque Nacional Cahuita se localiza en la provincia de Limón a 42 km al sur de Puerto Limón, y a 211 km de la capital, San José.Las mejores épocas para ser visitado son los meses de marzo, abril, septiembre y octubre, ya que la cantidad de precipitación en estas fechas es inferior debido a la lluvia.
  • Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo: Localizado a pocos kilómetros del límite con Panamá, en el condado de Talamanca, y a 73 km de Limón centro, este bosque lluvioso cuida la única cama de ostras de un manglar pantanoso localizado a lo largo del arrecife de dicha costa. Este refugio ecológico es de gran importancia ya que en ella se encierran distintos tipos de bosques como bosques de tierra baja, un humedal y un manglar pantanoso. Además de la única palma pantanosa orey y jolillo del país.
  • Puerto Viejo: En la provincia de Limón se encuentra localizado en las playas del océano Atlántico. Su agua es cristalina, y es conocida por una de las mejores playas para realizar surf. Como mencionamos con anterioridad, es aquí donde grandes surfistas persiguen la Salsa Brava, lo que la ha hecho tan apetecible al ojo del turista. Esta zona se ubica a 34 millas al sureste de Puerto Limón y a 102 millas al sur de Cahuita. A su pueblo se le señala como gente muy unida, muy única, donde reina la tranquilidad, la hermandad y el ambiente del pescador.
  • Reserva indígena Kekoldi: La reserva indígena Kekoldi, lleva consigo este nombre ya que su nombre que significa ‘bastón del sukia’, significando agua o río. Uno de estos árboles crece en la naciente de este río, por eso el río lleva su nombre. Esta reserva indígena posee un gran atractivo cultural ya que en ella se encierra proyectos de protección a iguanas verdes, investigaciones de plantas no maderables del bosque, huertos caseros. Programas de artesanías tradicionales como la flecha, el arco, los bolsos, las redes, las hamacas, las canastas y todo tipo de artefacto utilizado por este grupo autóctono para la satisfactoria realización de sus labores. Se imparten también charlas sobre costumbres e historia indígena, generando de esta forma una conciencia cultural generalizada.
  • Reserva indígena Yorkin: En la parte alta del río Yorkin (límite entre Costa Rica y Panamá), se encuentra esta comunidad indígena en Talamanca. Esta comunidad es dada a una ardua organización, existe la Asociación STIBRAWPA (mujeres artesanas), dedicadas a la creación de su propia artesanía autóctona. Es costumbre también que este grupo produzca sus propios alimentos, así como el cacao, el banano, para a su vez ser utilizados dentro de su mercado.

Definición de zona protectora

El término de "zona protectora" lo encontramos actualmente contemplado en el artículo 32 de la Ley Orgánica del Ambiente, No. 7554 de 4 de octubre de 1995, dentro del Capítulo VII de las "Áreas Silvestres Protegidas": "Artículo 32. - Clasificación de las áreas silvestres protegidas El Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio del Ambiente y Energía, podrá establecer áreas silvestres protegidas, en cualquiera de las categorías de manejo que se establezcan y en las que se señalan a continuación:

  • Reservas Forestales
  • Zonas Protectoras
  • Parques Nacionales
  • Reservas biológicas
  • Refugios Nacionales de Vida Silvestre
  • Humedales
  • Monumentos naturales.


Estas categorías de manejo y las que se creen en el futuro, serán administradas por el Ministerio del Ambiente y Energía, salvo las establecidas en el artículo 33 de esta ley. Las municipalidades deben colaborar en la preservación de estas áreas." De conformidad con lo anterior, debe entenderse que las zonas protectoras constituyen una categoría de manejo de las áreas silvestres protegidas, cuya administración corresponde al Ministerio del Ambiente y Energía.

Según las áreas silvestres protegidas, según el artículo 58 de la Ley de Biodiversidad, No. 7788 de 30 de abril de 1998, son zonas geográficas delimitadas, constituidas por terrenos, humedales y porciones de mar, que han sido declaradas como tales por representar significado especial sus ecosistemas, la existencia de especies amenazadas, la repercusión en la reproducción y otras necesidades y por su significado histórico y cultural. Están dedicadas a la conservación y protección de la biodiversidad, el suelo, el recurso hídrico, los recursos culturales y los servicios de los ecosistemas en general.

Similar definición encontramos en la Ley No. 7174 de 28 de junio de 1990, que vino a reformar integralmente la No. 4465: "b) Zonas protectoras: Estarán formadas por los bosques y terrenos de aptitud forestal, en que el objetivo principal sea la protección del suelo, la regulación del régimen hidrológico y la conservación del ambiente y de las cuencas hidrográficas." (artículo 35).

Véase además

Fuentes