CARICOM

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Comunidad del Caribe CARICOM
Información sobre la plantilla
Institución con sede en Costa Rica
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Países que componen el tratado
Siglas o Acrónimo:CARICOM
Fundación:1958
Tipo de unidad:TLC
País:Costa Rica
Sede:Bandera de Costa Rica Costa Rica
Sitio web
www.caricom.org

CARICOM. El tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de Costa Rica y La Comunidad de Estados del Caribe, fué firmado en la ciudad de Kingston, Jamaica el 9 de marzo de 2004. El TLC con CARICOM otorgará preferencias arancelarias a los productos costarricenses al ser exportados a los mercados de Jamaica, Guyana, Barbados, Surinam y Trinidad y Tobago.

Surgimiento y objetivos

La Comunidad del Caribe (CARICOM) surge de la firma del Tratado de Chaguaramas por parte de Barbados, Guyana, Jamaica y Trinidad y Tobago en julio de 1973. A este acontecimiento se sumo la firma del tratado por Antigua, Belice, Dominica, Granada, Monserrat, St. Kitts-Nevis, Santa Lucía y St. Vincent en mayo de 1974; con la firma del tratado por estos últimos se constituyo lo que hoy se conoce como Comunidad del Caribe.

Se constituyó estos objetivos fundamentales:

  • La integración económica de los Estados Miembros a través del establecimiento de un régimen de Mercado Común (en adelante "Mercado Común") de acuerdo con las disposiciones del anexo de este Tratado con los propósitos siguientes:
  • El fortalecimiento, la coordinación y la regulación de las relaciones económicas y comerciales entre los Estados Miembros en orden a promover su acelerado, armonioso y equilibrado desarrollo;
  • La expansión sostenida y la integración continua de actividades económicas, cuyos beneficios deben ser equitativamente compartidos, considerando la necesidad de dar especiales oportunidades a los países de menor desarrollo;
  • La obtención de mayor independencia económica y efectividad de los Estados Miembros en su relación con otros Estados, grupos de Estados o entidades de cualquier naturaleza;
  • La coordinación de las políticas exteriores de los Estados Miembros, y,
  • La cooperación funcional, incluyendo:
  • La eficiente operatividad de ciertos servicios comunes y actividades para beneficio de sus pueblos;
  • La promoción del mayor entendimiento entre sus pueblos y el avance de su desarrollo social, cultural y tecnológico;
  • Actividades en campos específicos señalados en el Programa y a los que se refiere el articulo 18 de este Tratado.

El CARICOM agrupa a Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Haití, Jamaica, Montserrat, St. Kitts-Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago. Los países que participan en calidad de observadores son Anguilla, Islas Caimán, México, Venezuela, Aruba, Colombia, Antillas Holandesas, Bermudas, República Dominicana y Puerto Rico, mientras que Islas Vírgenes es miembro asociado.

Organos Principales

Los principales órganos de la Comunidad del Caribe son la Conferencia y el Consejo: La Conferencia es el órgano supremo de la organización regional y la integran los jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros. Su principal responsabilidad es trazar la política de la CARICOM. También se encarga de autorizar la firma de tratados entre la Comunidad del Caribe y otras organizaciones de integración.

El Consejo está integrado por los ministros de Relaciones Exteriores y se encarga del desarrollo de los planes estratégicos de la CARICOM, de coordinar la integración en diferentes sectores y de promover la cooperación entre los estados miembros.

Otros órganos de la CARICOM:

  • Consejo para el Desarrollo Económico y Comercial (COTED)
  • Consejo para las Relaciones Exteriores y de la Comunidad (COFCOR)
  • Consejo para el Desarrollo Humano y Social (COHSOD)
  • Consejo para la Planificación Financiera (COFAP)

Instituciones

  • Agencia para la Cooperación ante Desastres y Emergencias (CDRA)
  • Instituto Meteorológico del Caribe (CMI)
  • Organización Meteorológica del Caribe (CMO)
  • Corporación Caribeña para la Alimentación (CFC)
  • Instituto Caribeño para la Protección del Medio Ambiente (CEHI)
  • Instituto para la Investigación y el Desarrollo de la Agricultura Caribeña (CARDI)
  • Instituto Caribeño para la Educación en la Protección de la Fauna y para la Asistencia Veterinaria (REPAHA)
  • Asociación de Parlamentos de la Comunidad del Caribe (ACCP)
  • Centro para el Desarrollo Administrativo del Caribe (CARICAD)
  • Instituto Caribeño para la Alimentación y la Nutrición (CFNI).

Instituciones asociadas

Funciones y competencias

  1. La principal responsabilidad de h Conferencia será determinar la política de la Comunidad.
  2. La Conferencia puede establecer y designar, al efecto, instituciones de la Comunidad, más allá de las especificadas en los incisos (a) al (g) del articulo 10 de este Tratado, si lo considera conveniente para cumplir los objetivos de la Comunidad.
  3. La Conferencia, puede dictar normas de carácter general o especial, como la política a ser ejecutada por el Consejo y demás instituciones de la Comunidad para la realización de los objetivos de la Comunidad; deberá darse cumplimiento a cada una de estas normas.
  4. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de este Tratado, la Conferencia, será la suprema autoridad para la conclusión de Tratados de interés para la Comunidad y para establecer relaciones entre la Comunidad y organismos internacionales y Estados.
  5. La Conferencia adoptará las resoluciones necesarias con el propósito de establecer las disposiciones financieras que cubran los gastos de reuniones de la Comunidad y será la suprema autoridad en relación a asuntos financieros de ésta.
  6. La Conferencia puede establecer sus propios procedimientos y decidir la admisión de observadores a sus deliberaciones, representantes de Estados no miembros u otras entidades.
  7. La Conferencia puede consultar con instituciones y otras organizaciones dentro de la región para lo cual puede crear los mecanismos que considere necesarios.

Fuentes