Constitución
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Sumario
Concepto
La Constitución, Carta Magna, Ley primera, o Ley de leyes como también se le denomina, es la Ley de mayor jerarquía del Ordenamiento jurídico. Ella tiene un contenido clasista por cuanto la clase, sector o grupo en el poder expresa a través de ella sus intereses políticos esenciales respecto a las diferentes esferas de la vida social, y en virtud de lo cual ofrece el cauce para el desarrollo de las relaciones socioeconómicas, políticas y jurídicas.
Lugar que ocupa en el Ordenamiento jurídico
La expresión Ley de leyes, de Ley suprema o de mayor jerarquía, significa que tiene un lugar cimero dentro del conjunto de disposiciones normativas vigentes en determinado lugar y tiempo. Esta supremacía significa que los órganos del Estado, independientemente de su nivel jerárquico en el país, no deben dictar disposiciones que desobedezcan, desconozcan o contradigan las disposiciones constitucionales, por cuanto tales órganos han de someterse a la voluntad popular que ella expresa. Dicho de otra forma, las leyes, decretos, resoluciones y demás disposiciones no deben contradecir los postulados constitucionales. Y se plantea, no deben, pero en la actividad práctica cotidiana es posible que se produzca, para lo cual en el aparato estatal debe haber uno o varios órganos encargados de resolver las diferencias o contradicciones de forma tal que la Constitución siga estando en el lugar cimero.
Clasificación
La Constitución, como todo acto jurídico, puede definirse tanto desde el punto de vista formal como desde el punto de vista material. Desde el punto de vista material, la Constitución es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal. Desde el punto de vista formal, Constitución se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción, de ahí genera una de sus características principales: su supremacía sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico.
Constitución escrita
Es el texto legal en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización del estado, los límites y las facultades del estado, así como deberes y derechos de los individuos. Es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas, y que debe ser respetado por cualquier otra norma de rango inferior.
Constitución no escrita
Este tipo de clasificación es conocido también como Constitución consuetudinaria, en el cual no existe un texto específico que contenga la totalidad, o casi la totalidad de las normas básicas, sino que estas están contenidas a lo largo de diversas leyes, cuerpos legales y usos repetidos. Un ejemplo sería la Constitución no escrita de Inglaterra cuyas fuentes de derecho las podemos encontrar en los grandes textos históricos como la Carta Magna (1215), la Petición de Derechos (1628), el Habeas Corpus (1679), el Bill of Rights (1689) y el Acta de Establecimiento (1701).
Control de constitucionalidad
El control de constitucionalidad trata de los mecanismos de revisión de la adecuación de las leyes y de los actos del Estado o de los particulares a la suprema ley de un país. Existen diversas clasificaciones atendiendo a diversos criterios. La rama del Derecho especializada en este estudio es el Derecho Procesal Constitucional.
Derecho constitucional
Es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluyendo tanto las relaciones entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y ciudadanos.
Estabilidad constitucional
La Constitución ha de servir de marco jurídico para la justificación del poder político, y por ello ha de gozar de cierto grado de estabilidad en su texto, soportando el paso de sucesivos gobiernos sin necesidad de cambiar su letra. Por ello, la modificación de la norma suprema está sometida a una gran cantidad de restricciones, destacando especialmente el requisito de mayorías especialmente cualificadas para las votaciones sobre su alteración.
Supremacía constitucional
Concepto procedente del antiquísimo precedente jurisprudencial Marbury vs Madison, y que supone la estructuración del ordenamiento jurídico en una pirámide jerárquica en la que la Constitución ocuparía la cúspide. Así, la supremacía supone el punto más alto en la escala jerárquica normativa, de manera que cualquier norma posterior y contraria que eventualmente entrase en colisión con la norma suprema provocaría la nulidad de la norma inferior. El mayor desarrollo de este concepto se debe a la teoría pura del Derecho de Hans Kelsen..
Control de constitucionalidad
La Constitución posee carácter de norma suprema, y por lo tanto, su cumplimiento ha de estar garantizado por el ordenamiento jurídico en su funcionamiento cotidiano. Asegurar que no se viole la norma constitucional con los actos de los poderes constituidos es el Control de Constitucionalidad.