Diferencia entre revisiones de «Cristianofobia»
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El sentimiento anticristiano es una oposición a las personas cristianas, a la religión cristiana, o a la práctica del [[cristianismo]]. | El sentimiento anticristiano es una oposición a las personas cristianas, a la religión cristiana, o a la práctica del [[cristianismo]]. | ||
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Se debe diferenciar entre la cristianofobia y el rechazo a denominaciones concretas del cristianismo, como el anticatolicismo. Este último puede darse entre diferentes denominaciones del cristianismo, dando lugar en ocasiones a violencia sectaria entre cristianos. | Se debe diferenciar entre la cristianofobia y el rechazo a denominaciones concretas del cristianismo, como el anticatolicismo. Este último puede darse entre diferentes denominaciones del cristianismo, dando lugar en ocasiones a violencia sectaria entre cristianos. | ||
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− | Según Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014, sobre la libertad de religión o de creencias: | + | Según Resolución aprobada por la Asamblea General el [[18 de diciembre]] de [[2014]], sobre la libertad de religión o de creencias: |
* Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, lo que incluye la libertad de tener o no tener, o de adoptar, la religión o las creencias que cada uno elija y la libertad de manifestarlas individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante la enseñanza, las prácticas, el culto y la celebración de ritos, incluido el derecho a cambiar de religión o de creencias. | * Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, lo que incluye la libertad de tener o no tener, o de adoptar, la religión o las creencias que cada uno elija y la libertad de manifestarlas individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante la enseñanza, las prácticas, el culto y la celebración de ritos, incluido el derecho a cambiar de religión o de creencias. | ||
* El derecho a la libertad de pensamiento, concienciay religión o creencias se aplica por igual a todas las personas, independientemente de su religión o sus creencias y sin discriminación alguna en su derecho a igual protección de la ley. | * El derecho a la libertad de pensamiento, concienciay religión o creencias se aplica por igual a todas las personas, independientemente de su religión o sus creencias y sin discriminación alguna en su derecho a igual protección de la ley. | ||
*Se condena enérgicamente la conculcación de la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, así como todas las formas de intolerancia, discriminación y violencia fundadas en la religión o las creencias. | *Se condena enérgicamente la conculcación de la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, así como todas las formas de intolerancia, discriminación y violencia fundadas en la religión o las creencias. | ||
*Reconoce con profunda preocupación el aumento generalizado de los actos de discriminación, intolerancia y violencia, sean quienes sean sus autores, dirigidos contra miembros de muchas comunidades religiosas y de otro tipo en diversas partes del mundo, incluidos los casos motivados por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia y los prejuicios contra personas de otras religiones o creencias. | *Reconoce con profunda preocupación el aumento generalizado de los actos de discriminación, intolerancia y violencia, sean quienes sean sus autores, dirigidos contra miembros de muchas comunidades religiosas y de otro tipo en diversas partes del mundo, incluidos los casos motivados por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia y los prejuicios contra personas de otras religiones o creencias. | ||
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==Fuentes== | ==Fuentes== | ||
*[http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2015/9951.pdf?view=1 Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 sobre la Libertad de religión o de creencias]. | *[http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2015/9951.pdf?view=1 Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 sobre la Libertad de religión o de creencias]. | ||
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*[https://www.coe.int/es/web/compass/religion-and-belief Creencia y religión]. | *[https://www.coe.int/es/web/compass/religion-and-belief Creencia y religión]. | ||
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última versión al 21:22 8 mar 2024
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Cristianofobia. Sentimiento de hostilidad hacia el cristianismo.
Concepto
El sentimiento anticristiano es una oposición a las personas cristianas, a la religión cristiana, o a la práctica del cristianismo.
Esta actitud ha llevado a la comisión de diversos crímenes y actitudes discriminatorias contra los cristianos.
Dicha actitud ha sido también llamada Cristofobia o cristianofobia, que puede incluir a "todas las formas de discriminación e intolerancia contra los cristianos". La cristianofobia se llega a reflejar en todo tipo de atentados en contra de cristianos, ya sea en su persona, o en contra de las figuras relacionadas con su fe.
Cuando se dice fobia se habla de una respuesta normal y consecutiva a un miedo irracional. El temor se dirige hacia un objeto o situación que no representa un peligro real. La víctima reconoce que el miedo es absurdo, pero no puede evitar la reacción. Con el tiempo, y si no se trata, tiende a empeorar.
- Este miedo irracional al critianismo provoca miedo a sus signos y representantes. Provoca en el menor de los casos no estar cerca de símbolos y manifestaciones cristianas o ser intolerante a cualquier tema de conversación cristiano.
Sectarismo religioso
Se debe diferenciar entre la cristianofobia y el rechazo a denominaciones concretas del cristianismo, como el anticatolicismo. Este último puede darse entre diferentes denominaciones del cristianismo, dando lugar en ocasiones a violencia sectaria entre cristianos.
ONU
Según Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014, sobre la libertad de religión o de creencias:
- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, lo que incluye la libertad de tener o no tener, o de adoptar, la religión o las creencias que cada uno elija y la libertad de manifestarlas individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante la enseñanza, las prácticas, el culto y la celebración de ritos, incluido el derecho a cambiar de religión o de creencias.
- El derecho a la libertad de pensamiento, concienciay religión o creencias se aplica por igual a todas las personas, independientemente de su religión o sus creencias y sin discriminación alguna en su derecho a igual protección de la ley.
- Se condena enérgicamente la conculcación de la libertad de pensamiento, conciencia y religión o creencias, así como todas las formas de intolerancia, discriminación y violencia fundadas en la religión o las creencias.
- Reconoce con profunda preocupación el aumento generalizado de los actos de discriminación, intolerancia y violencia, sean quienes sean sus autores, dirigidos contra miembros de muchas comunidades religiosas y de otro tipo en diversas partes del mundo, incluidos los casos motivados por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia y los prejuicios contra personas de otras religiones o creencias.