Ministerio de Seguridad Pública
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Ministerio de Seguridad Pública. Entidad que le corresponde vigilar, conservar el orden público, prevenir las manifestaciones de delincuencia y cooperar para reprimirlas, preservar y mantener la soberanía nacional, así como coadyuvar en el fortalecimiento del principio de legalidad, de conformidad con la Ley General de Policía, N° 7410, sus reformas y la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, N° 5482, del 24 de diciembre de 1973.
Sumario
Antecedentes históricos
Durante la administración de León Cortés Castro es suprimido el Ministerio de Hacienda, Guerra y Marina, que previamente se habría separado de la cartera de Educación Pública, el presidente Castro renunciaría a su puesto tras las amenazas de un golpe militar liderado por el General Tomás Guardia Gutiérrez y su sucesor Juan Rafael Mora Porras. En 1851, el Ministerio se separa de la cartera de Marina y toma el nombre de Ministerio de Hacienda y Guerra, en 1853 la cartera se reincorporaría. En 1855 incorpora la cartera de Caminos.
En marzo de 1856, da por inicio la Campaña Nacional, desarrollada entre el ejército filibustero estadounidense al mando de William Walker y las tropas costarricenses, por lo que se realiza cambios internos en el Ministerio. En ese mismo año el Ministerio se separa de la cartera de Caminos, más la vuelve a incorporar una vez más en 1860, junto con la cartera de Marina.
En 1868, el Ministerio absorbe las carteras de Gobernación, Fomento y Justicia, y se separa por segunda vez de la cartera de Caminos, tomando así el nombre de Ministerio de Guerra, Marina, Gobernación, Fomento y Justicia. El Ministerio mantiene sus atribuciones hasta 1883, cuando se separa de las carteras que asumió en 1868, y a la vez que absorbe la cartera de Policía, tomando el nombre de Ministerio de Guerra, Marina y Policía.
Durante la Dictadura de los Hermanos Tinoco, entre 1917 y 1919, se crea la Secretaría de Guerra y Marina, la cual después de la caída de la dictadura mantiene su nombre. En 1923, el presidente Julio Acosta García elimina el Ministerio de Guerra y Marina, pasando las actividades militares a un segundo plano e instaurando una nueva Secretaría con un nuevo enfoque y atribuciones, nombrándose como Ministerio de Seguridad Pública.
Mediante la Junta Fundadora de la Segunda República, en 1948, se crea el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), y se nombra a su primer ministro, el señor Edgar Cardona Quirós; es además abolido el ejército al año siguiente, pasando las fuerzas armadas a llamarse Guardia Civil y la cual se encargaría de funciones policiales y de orden y seguridad del país. En 1958 se crea la Sección Aérea, antes nombrada Fuerza Aérea Costarricense, y en 1964 se constituye la Escuela Nacional de Policía.
Durante la administración de Rodrigo Carazo Odio, en 1982, se fusionan el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Gobernación y Policía en uno solo, el cual se denominó como Ministerio del Interior; no obstante, en posteriores administraciones este proyecto no tuvo el apoyo necesario para continuar. En 1983 es promulgada la Ley de Neutralidad, que inhibe al país de participar en conflictos bélicos de forma perpetua, activa y no armada.
En 1994, por decisión política, y vía Decreto Ejecutivo, se le encarga al ministro de Seguridad Pública el recargo del Ministerio de Gobernación y su respectiva cartera. Como no se reformó la Ley, la naturaleza y condición jurídica, administrativa y presupuestaria sigue siendo independiente del Ministerio de Seguridad Pública. El 26 de mayo de ese mismo año, se crea la Ley General de Policía, n.° 7410, que crea y regula la carrera policial en el país, además de establecer la Policía de Fronteras, la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea y la Policía de Control de Drogas. En 1995 se traslada la Guardia de Asistencia Rural al Ministerio.
En el 2000, se crea el Servicio Nacional de Guardacostas, y en 2001 se crea la Dirección de Apoyo Legal Policial.
En 2014, es aprobada la Ley de Proclamación de la Paz como Derecho Humano y de Costa Rica como País Neutral, en la que establece que el país debe tomar una posición neutral en conflictos armados internacionales, además de que obliga al Estado a incluir dentro de sus programas educativos contenidos que cultiven la cultura de paz.
Ejes y objetivos estratégicos
- Prevención.
- Lucha contra el delito.
- Gestión Administrativa.
- Fortalecer la gestión preventiva de la policía para mejorar la seguridad y convivencia ciudadana.
- Implementar la Política Educativa Policial Costarricense, para mejorar las capacidades en el cumplimiento de la gestión policial.
- Fortalecer la trazabilidad de las armas para mejorar el control sobre la adquisición, tenencia, portación y tráfico de armas de fuego, municiones y materiales relacionados en el marcado de la legislación vigente.
- Reprimir las actividades relacionadas con el narcotráfico, crimen organizado, crimen transfronterizo y actividades conexas, para mejorar la seguridad y convivencia ciudadana en el territorio nacional.
- Articular la Rectoría del Sector Seguridad Ciudadana y Justicia para Mejorar la seguridad ciudadana.
- Fortalecer el accionar policial para brindar una respuesta oportuna y efectiva a la ciudadanía.
- Transformar los modelos de gestión para lograr una mayor eficiencia.
Misión
Servir y proteger a las personas en el goce de sus derechos y garantías individuales, preservar la democracia y soberanía costarricense
Visión
Ser una institución eficiente y eficaz, con recurso humano profesional, comprometido y confiable, integrada a la sociedad en el marco de cultura de seguridad ciudadana. Prevenir la incidencia delictiva en beneficio de la seguridad de los habitantes
Valores institucionales
- Honestidad
- Disciplina
- Servicio
- Respeto
- Compromiso
Funciones de unidades institucionales
La descripción de las funciones de las unidades que conforman la Institución, de acuerdo con lo publicado en la estructura organizativa, está disponible en el Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, N° 36366-SP.
Para la realización de sus funciones, la Ley Orgánica supra citada, faculta al Ministerio a tener los cuerpos de policía, direcciones, departamentos y secciones que requiera.
Para el cumplimiento de los objetivos encomendados a este Ministerio, las fuerzas de policía señaladas en el artículo 6° de la Ley General de Policía, adscritas a esta Cartera son: la Guardia Civil, la Guardia de Asistencia Rural, la Policía Encargada del Control de Drogas no Autorizadas y de Actividades Conexas, la Policía de Fronteras y la Reserva de las Fuerzas de Policía cuando sea convocada con carácter temporal, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo N° 23427-MP del 27 de junio, 1994, según se estipuló en el artículo 1°, inciso a).
La conservación del orden público, la prevención de las manifestaciones de delincuencia o la cooperación para reprimirlas, el fortalecimiento del principio de legalidad y la preservación de la soberanía nacional, son objetivos que obligan a este Ministerio a contar con la organización adecuada y capaz de visualizar, estratégicamente, el contexto geopolítico del país, las características y condiciones geográficas del territorio, así como de sus habitantes y las particularidades de la población emigrante de países vecinos.
Particularmente, este Ministerio requiere de estructuras orgánicas modernas y de personal formado, con capacidad de analizar cualitativa y cuantitativamente la delincuencia nacional e internacional; así como valorar el riesgo e implicaciones de las eventuales catástrofes naturales en la seguridad de los habitantes y sus bienes.
El Ministerio de Seguridad Pública, con la finalidad de cumplir adecuadamente los objetivos designados, ha conformado los principios de la Doctrina de Seguridad, fundamentada en una visión sistémica e integral del fenómeno de la seguridad del Estado y de la seguridad ciudadana. Estos principios se resumen en:
- El fortalecimiento del desarrollo de los habitantes de la Nación, en un marco de seguridad, respetando, promoviendo y participando de las tradiciones costarricenses, de su conciencia democrática, pacifista, humanista y civilista, teniendo presente siempre el carácter de servicio público de cada acción policial.
- La consideración del fenómeno de seguridad ciudadana, dentro de una visión sistémica, multidisciplinaria e integral. Para ello se tendrá siempre presente el sentido de coordinación a lo interno y con las demás instancias, públicas y privadas, involucradas en esta materia.
- Elemento de lista de viñetas
- La aplicación de estrategias de seguridad basadas en la proximidad de la policía con los habitantes de su comunidad, que implica una relación de correspondencia con la población que da sustento a la estrategia de prevención policial comunitaria.
- La configuración del modelo de proximidad policial basado en los siguientes aspectos: máxima regionalización, alta especialización, oposición a la estanqueidad, subsidiariedad, total asimetría, óptima adaptación a la demanda, proximidad al ciudadano, adaptabilidad y ausencia de rigidez. Estos elementos procuraran optimizar la actividad policial brindando acercamiento a la comunidad, territorialización de la actividad, mayor versatilidad en la recepción de denuncias, la articulación de las funciones y en el conocimiento de la realidad, efectividad en la individualización de la responsabilidad y en el análisis y evaluación permanente, simplificación de la burocracia y reducción de la actividad estática.
- La necesidad de modelos de estructuración orgánica flexible basados en la descentralización de la Fuerza Pública, con capacidad para adaptarse a las variaciones de los fenómenos, internos y externos, que incidan en el desarrollo del país y en la seguridad ciudadana.
- La concepción de la prevención entendida como la adopción de políticas tendientes a impedir la comisión de delitos o la aparición de la delincuencia, tomando las acciones necesarias para la elaboración de estrategias que disminuyan el delito y el sentimiento de inseguridad.
- En la profesionalización de la policía con base en esquemas que consideren el recurso humano como el elemento más importante para desarrollar las estrategias de seguridad, elegido bajo un perfil de policía que se ajuste a las tradiciones pacifistas, humanistas y civilistas del ser costarricense y formado bajo los principios y políticas doctrinarias planteados.
- El constante crecimiento, desarrollo y modernización del Ministerio, exige un mayor y mejor control de las operaciones y procedimientos administrativos y operativos que se efectúan, así como una mayor eficiencia y eficacia en el empleo de los recursos en las dependencias que lo conforman.
- La realidad social, económica, política y cultural del país presenta características distintas al contexto vivido en años anteriores, circunstancia que impulsa al replanteamiento, entre otros, de las estructuras orgánicas de las instituciones del Estado, para adecuarlas a los nuevos requerimientos. En este sentido, la labor de la policía debe conceptuarse de manera integral y sistémica, lejos de la percepción tradicional que observa el trabajo policial desde una visión ejecutiva, obviando aspectos lógicos del servicio público de seguridad, como son las tareas de inteligencia y planeamiento estratégico. Esta apertura es necesaria en aras de cumplir, de manera eficaz, con los objetivos que a esta Cartera le han sido confiados.
Trámites y servicios
- Política de Igualdad y Equidad de Género (PIEG)
- Instrumento de intervención y planificación institucional reclutamiento
- Reclutamiento
- Seguridad Comunitaria
- Gestión de Trámites
- Denuncia por Drogas
- Toma de Huellas
- Trámites y requisitos para certificaciones, portación de armas, solicitudes, permisos…
- Seguridad Privada
- Trámites y requisitos para inscripción y registro de empresas y agentes en cualquier modalidad de seguridad privada.
- Trámite solicitudes de venta, inscripción y emisión de permisos de portación de armas; así como la regulación de las empresas y los agentes de seguridad privada
- Eventos Masivos
- Solicitud de apoyo para actividades masivas.
- Visitas Dirigidas
- Desalojo Administrativo
- Cursos donde el policía desarrolla un trabajo conjunto con la comunidad para prevenir los delitos y garantizar la seguridad ciudadana.
- Control de Armas
- Todo lo referente a la autorización y licencias de portación de armas
Fuentes
- Antecedentes históricos. (2025). https://www.seguridadpublica.go.cr/
- Funciones y objetivos del ministerio. (2025). https://www.seguridadpublica.go.cr/ministerio/index.aspx
- Legislación y normativa. (s.f.). http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=69534


