Terrorismo

Terrorismo
Información sobre la plantilla
Terrorismo.jpg
Concepto:Uso sistemático del terror, para coaccionar a sociedades o gobiernos.

Terrorismo. Uso sistemático del terror, para coaccionar a sociedades o gobiernos, utilizado por organizaciones y gobiernos.

Definiciones de terrorismo

  1. Violencia aplicada con el objetivo de aterrorizar a grupos de personas indiscriminadamente o dirigida a un grupo específico, como son los turistas.
  2. Conjunto de actos violentos que pretenden crear inseguridad o derribar el gobierno establecido.
  3. Provocar o mantener en zozobra o terror a la población o aun sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas, edificaciones o medios de comunicación, transporte, procesamiento u ondulación de fluidos o fuerzas motrices, valiéndose de medios capaces de causar estragos.
  4. Dominación por el terror.
  5. Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror.
  6. Actuación criminal de bandas organizadas, que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos.
  7. Violencia premeditada y con motivos políticos perpetrada contra objetivos civiles por grupos subnacionales o agentes clandestinos, generalmente con la intención de influenciar a un público determinado.
  8. Acción violenta ejecutada por personas al servicio de una organización, con la intención de infundir miedo a un sector de la sociedad, y utilizar este miedo para tratar de alcanzar un fin político.
  9. El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

Instrumentos del terrorismo

Dentro de los instrumentos utilizados para implementar dicho mecanismo, o actos terroristas, se incluyen diversas formas de violencia física contra las personas, como el secuestro, la tortura o la ejecución extrajudicial; diversas formas de violencia moral, como la amenaza de las anteriores o la presión social; diversas formas de violencia contra los bienes privados y públicos, como la destrucción de los mismos con materiales explosivos o incendiarios.

En el caso del terrorismo de estado, pueden citarse como ejemplo los bombardeos aéreos de ciudades. El Código Aéreo de La Haya de 1923 estableció que «está prohibido el bombardeo aéreo con el objeto de aterrorizar a la población civil...». Sin embargo esta regla y otras similares nunca fueron ratificadas por los países de mayor poder militar. En ese marco algunos autores han citado como ataques terroristas el bombardeo de Guernica en 1936, o el que realizara Estados Unidos con bombas atómicas en Hiroshima y Nagasaki en 1945.

Armas de destrucción masiva que han sido utilizadas por terroristas:

  • armas biológicas
  • armas químicas
  • armas nucleares

Terrorismo de Estado

Se define como Terrorismo de Estado aquella modalidad de la multifacética violencia predominantemente reaccionaria ejercida por los aparatos militares, paramilitares, policiales e ideológico-culturales de las clases dominantes y de los gobiernos de uno o más Estados nacionales o por sus correspondientes testaferros con el propósito deliberado de provocar el pavor en la población civil, en sectores de ellas o en los principales dirigentes o activistas de las fuerzas socio-políticas-culturales contestatarias de su propio territorio, de otras naciones sometidas a diversas formas de dominación política, económica, étnica, racial, cultural, religiosa o militar-policial o de aquellos Estados nacionales que sobre la base de su soberanía y de su derecho a la autodeterminación han emprendido, en uno u otro momento de su historia, su liberación nacional, política-económica, cultural y social.

Ejemplos de terrorismo de Estado

El gobierno norteamericano ha sido el principal ejecutor e impulsor del Terrorismo de Estado. Promovió dictaduras y promueve golpes de estado en todo el mundo. Muchas veces las medidas represivas incluyen la suspensión de los derechos constitucionales.

En la Argentina, durante el régimen militar que gobernó entre 1976-1983 el general Tomás Armando Sánchez de Bustamante explicaba lo siguiente:

El terrorismo es un hecho de excepción y de gravedad tal que reclama derechos proporcionales. Hay normas y pautas que no son de aplicación en este caso. Por ejemplo, el derecho al “Hábeas corpus”. En este tipo de lucha, el secreto que debe envolver las operaciones especiales, hace que no deba divulgarse a quien se ha capturado y a quien se deba capturar. Debe existir una nube de silencio que rodee todo... y esto no es compatible con la libertad de prensa”.

En algunos casos extremos se ha llegado a sostener la necesidad de que el Estado sustraiga los hijos de personas consideradas como terroristas, para quitarles su identidad. En la Argentina la jueza Delia Pons, titular del Tribunal de Menores de Lomas de Zamora explicaba las razones de esta medida a las Abuelas de Plaza de Mayo con estas palabras:

Estoy convencida de que sus hijos eran terroristas, y terrorista es sinónimo de asesino. A los asesinos yo no pienso devolverles los hijos porque no sería justo hacerlo. Sólo sobre mi cadáver van a obtener la tenencia de esos niños.


Instrumentos jurídicos internacionales para la prevención y represión del terrorismo internacional

Actualmente existen 21 tratados mundiales o regionales relativos al tema del terrorismo internacional.

  1. Convenio sobre las infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de las aeronaves, firmado en Tokio el 14 de septiembre de 1963 (entró en vigor el 4 de diciembre de 1969)
  2. Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves, firmado en La Haya el 16 de diciembre de 1970 (entró en vigor el 14 de octubre de 1971)
  3. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil, firmado en Montreal el 23 de septiembre de 1971 (entró en vigor el 26 de enero de 1973)
  4. Convención sobre la prevención y el castigo de los delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1973 (entró en vigor el 20 de febrero de 1977)
  5. Convención internacional contra la toma de rehenes, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979 (entró en vigor el 3 de junio de 1983)
  6. Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares, firmada en Viena el 3 de marzo de 1980 (entró en vigor el 8 de febrero de 1987)
  7. Protocolo para la represión de los actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que presten servicio a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil internacional, firmado en Montreal el 24 de febrero de 1988 (entró en vigor el 6 de agosto de 1989)
  8. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima, hecho en Roma el 10 de marzo de 1988 (entró en vigor el 1 de marzo de 1992)
  9. Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, hecho en Roma el 10 de marzo de 1988 (entró en vigor el 1 de marzo de 1992)
  10. Convenio sobre la marcación de explosivos plásticos para los fines de detección, firmado en Montreal el 1 de marzo de 1991 (entró en vigor el 21 de junio de 1998)
  11. Convenio internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1997 (entró en vigor el 23 de mayo de 2001)
  12. Convenio internacional para la represión de la financiación del terrorismo, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1999 (entró en vigor el 10 de abril de 2002)
  13. Convención árabe sobre la represión del terrorismo, firmada en una reunión celebrada en la Secretaría General de la Liga de los Estados Árabes en El Cairo el 22 de abril de 1998 (entró en vigor el 7 de mayo de 1999)
  14. Convención de la Organización de la Conferencia Islámica sobre la lucha contra el terrorismo internacional, aprobada en Uagadugú el 1ro de julio de 1999
  15. Convención Europea para la Represión del Terrorismo, concertada en Estrasburgo el 27 de enero de 1977 (entró en vigor el 4 de agosto de 1978)
  16. Convención de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para la prevención y represión de los actos de terrorismo encuadrados como delito contra las personas y actos conexos de extorsión de alcance internacional, concertada en Washington, D.C. el 2 de febrero de 1971 (entró en vigor el 16 de octubre de 1973)
  17. Convención de la Organización de la Unidad Africana (OUA) sobre la prevención y la lucha contra el terrorismo, aprobada en Argel el 14 de julio de 1999 (entró en vigor el 6 de diciembre de 2002)
  18. Convención regional sobre la eliminación del terrorismo de la Asociación del Asia Meridional para la Cooperación Regional, firmada en Katmandú el 4 de noviembre de 1987 (entró en vigor el 22 de agosto de 1988)
  19. Tratado de Cooperación entre los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes para Combatir el Terrorismo, hecho en Minsk el 4 de junio de 1999.
  20. Convención Interamericana contra el Terrorismo, aprobada en Bridgetown el 3 de junio de 2002.
  21. Protocolo por el que se enmienda el Convenio Europeo para la Represión del Terrorismo, aprobado en Estrasburgo el 15 de mayo de 2003.

Véase también

Fuentes