Cámara de Representantes de Cuba

Cámara de Representantes de la República de Cuba
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TipoCámara baja
SedeCapitolio de La Habana, La Habana, Bandera de Cuba Cuba

Cámara de Representantes de la República de Cuba. Fue un antiguo órgano legislativo de la etapa republicana, que junto al Senado conformaron Congreso de la República de Cuba. Fue instaurado el 10 de abril de 1869, en el periodo histórico denominado República de Cuba en Armas, y disuelto en 1959 tras la llegada al poder del gobierno revolucionario cubano.

Antecedentes

Durante la etapa de las guerras de liberación (siglo XIX), el temor a los efectos del caudillismo, del que muchos de los grandes libertadores de las excolonias hispanoamericanas dieron muestra y al saldo de tiranías en que derivaron, tras conquistar la independencia de España; también fue el temor a que en eso concluyesen la Capitanía General de Carlos Manuel de Céspedes, o las pretensiones de otros, como Donato Mármol, lo que movió a los repúblicos demócratas de la insurrección cubana en 1868, a crear un contén a cualquier potencial dictadura, a poner brida al poder desmedido que pudiera ansiar el entonces el Presidente.

Las huellas de la aversión a toda forma de centralización del poder –manifiesta desde las aulas universitarias-, lo mismo que de las sospechas contra Céspedes, desde el mismísimo 10 de octubre, en que este diera el grito de libertad, en La Demajagua, resultan harto visibles en esos jóvenes insurrectos ilustres, y llegaron al paroxismo con la Dictadura de Mármol, proclamada el 15 de enero de 1869, en Giro (actual municipio de Palma Soriano).

La reconciliación de ambos señalados jefes, que casi todos los demás líderes revolucionarios promovieron en Tacajó (Holguín), algo menos de un mes después, sirvió de prólogo y punto de partida para institucionalizar la Revolución, en la Asamblea de Guáimaro, el 10 de abril de 1869, en que 14 delegados, en presencia de Carlos Manuel de Céspedes, aprobaron y proclamaron la primera Constitución de Cuba, compuesta de 28 artículos.

Los constituyentes fueron: Miguel Jerónimo Gutiérrez, presidente; Salvador Cisneros Betancourt, Manuel Valdés, Honorato del Castillo, Miguel Betancourt Guerra, José María Izaguirre, Arcadio García, Eduardo Machado, Antonio Lorda, Antonio Alcalá, Jesús Rodríguez, Francisco Sánchez Betancourt y los secretarios Antonio Zambrana e Ignacio Agramonte.

Aquella trascendental Carta Magna dio forma republicana al Estado revolucionario cubano, con la división de los tres poderes públicos: el Legislativo, materializado en una Cámara de Representantes – órgano supremo de dicho Estado -, presidida por Salvador Cisneros Betancourt, con Miguel Jerónimo Gutiérrez, como vicepresidente; el Ejecutivo – cuyo ejercicio recayó en Carlos Manuel de Céspedes, como presidente, y Francisco Vicente Aguilera, como vicepresidente - y el Judicial.

Después de 1940

Al promulgarse la Constitución en 1940, entre otros aspectos, se refiere a la Cámara en:

  • Artículo 119. El poder legislativo se ejerce por dos cuerpos denominados respectivamente, Cámara de Representantes y Senado, que junto reciben el nombre de Congreso.
  • Artículo 123. La Cámara de Representantes se compondrá de un representantes por cada 35 mil habitantes o fracción mayor de 17500. Los representantes serán elegidos por provincias por un periodo de cuatro años, por sufragio universal, igual, directo y secreto, en un solo día en la forma que prescriba la ley.
  • Artículo 124. Para se representante se requiere:

a) Sercubano por nacimiento o por naturalización, y en este último caso con diez años de residencia continuada en la República, contados desde la fecha de la naturalización. b) Haber cumplido 21 años de edad. c) Hallarse en pelno goce de los derechos civiles y políticos. d) No haber pertenecido al Servicio activo de las Fuerzas Armadas de la República durante los dos años inmediatamente a la fecha de su designación como candidato.

  • Artículo 125. Corresponde a la Cámara de Representantes:

a) Acusar ante el Senado al Presidente de la República y a los ministros del gobierno en los casos determinados en los Incisos a) y h) del Artículo 122, cuando las dos terceras partes del número total de representantes acordasen en secreta la acusación. b) La prioridad en la discusión y aprobación de los presupuestos generales de la nación. c) Todas las demás facultades que le sean otorgadas por esta constitución.

Algunos presidentes

Fuente

  • Artículo de la web Constitución de 1901. Disponible en "mipais.cuba.cu". Consultado el 6 de febrero de 2014