UEMOA
| ||||||||||||
Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMOA a partir de su nombre en francés, Union économique et monétaire ouest-africaine). Es una organización de ocho estados de África Occidental que se establece para promover la integración económica entre los países que comparten el Franco CFA como moneda común.
Sumario
Reseña
La Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMOA) fue creada por un tratado firmado en Dakar, Senegal, el 10 de enero de 1994, por los jefes de estado y de gobierno de Benín, Burkina Faso, Costa de Marfil, Malí, Níger, Senegal y Togo. EL 2 de mayo de 1997, Guinea-Bissau, una antigua colonia portuguesa, se convirtió en el octavo miembro y en el primero no francófono.
En la actualidad utilizan la moneda común (Franco CFA) y la población de los países que integran UEMOA supera los 112 millones de habitantes. Ofrece grandes oportunidades a los inversores por su riqueza en recursos naturales, la diversificación de sus economías y el fortalecimiento de sus instituciones democráticas.
Los países miembro están apostando por la industria turística para potenciar su economía. Actualmente colaboran con la Organización Mundial del Turismo para la mejora y el fomento de la industria turística a través de programas formativos y diferentes proyectos que sus ministros quieren presentar a las empresas e inversores.
Etapas importantes de la integración:
- 10 de enero de 1994: Se firma en Dakar el Tratado de la Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMOA).
- 1 de agosto de 1994: Entra en vigor el Tratado de la UEMOA.
- 10 de mayo de 1996: Se celebra en Uagadugú la primera reunión de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la UEMOA.
- 2 de mayo de 1997: Se adhiere Guinea-Bissau, que pasa a ser así el octavo Estado Miembro de la UEMOA.
- 29 de enero de 2003: Se adopta el Tratado modificado de la UEMOA.
- 27 de marzo de 2006: Se celebra en Niamey la 10ma reunión ordinaria de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la UEMOA, en la que está representada la UNESCO. En esta reunión, la Conferencia tomó nota de que el Consejo de Ministros había aprobado una directriz relativa al acceso de los estudiantes, en condiciones de tratamiento iguales, a las instituciones públicas de enseñanza superior de los Estados Miembros.
Objetivos
Los programas de la UEMOA se centran en cinco objetivos principales:
- Fortalecer la competitividad de las actividades económicas y financieras de sus Estados Miembros, en el marco de un mercado caracterizado por la apertura y la libre competencia y de un contexto jurídico racionalizado y armonizado.
- Lograr la convergencia de los resultados y las políticas económicas de los Estados Miembros mediante el establecimiento de un procedimiento de vigilancia multilateral.
- Crear entre los Estados Miembros un mercado común basado en: la libre circulación de las personas y los bienes, servicios y capitales; el derecho a establecerse de toda persona que ejerza una actividad autónoma o asalariada; y el establecimiento de un arancel exterior y una política comercial comunes.
- Establecer una coordinación de las políticas sectoriales nacionales mediante la ejecución de actividades conjuntas y, eventualmente, la aplicación de políticas comunes en los siguientes ámbitos: recursos humanos, ordenación territorial, agricultura, energía, industria, minería, transportes, infraestructuras y telecomunicaciones.
- Armonizar, en la medida en que lo exija el buen funcionamiento del mercado común, las legislaciones de los Estados Miembros y, en particular, el sistema tributario.
Moneda
Una de las características más importantes de la UEMOA es la moneda común, el Franco CFA (Communauté Financière Africaine), que comparten los países miembros. La moneda está vinculada al euro y la gestiona un banco central, el "Banque Centrale des Etats de l'Afrique de l'Ouest" (BCEAO).
Para facilitar el comercio con un mercado común, se están aplicando diversas medidas y vías. Entre ellas, la eliminación de aranceles, restricciones comerciales y barreras técnicas. La armonización de las leyes y reglamentos en diversos ámbitos económicos, como las finanzas, el comercio y la inversión, contribuye a promover el intercambio económico. También se impulsa la diversificación económica y el desarrollo de industrias clave en los países miembros mediante inversiones específicas y transferencias de tecnología.
Estados miembros
Instituciones de la UEMOA
Los órganos rectores de la UEMOA son:
- La Conferencia de Jefes de Estado, el Consejo de Ministros y la Comisión de la UEMOA.
- Los órganos de control son la Corte de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Comité Interparlamentario.
- El órgano consultivo es la Cámara de Comercio Regional.
- Las instituciones especializadas autónomas son el Banco Central de los Estados del África Occidental (BCEAO) y el Banco de Desarrollo del África Occidental.
UEMOA y la UNESCO
UNESCO y la Unión Económica y Monetaria de África Occidental (UEMOA) han mantenido siempre relaciones de cooperación. En una carta fechada el 7 de agosto de 2006, la Comisión de la UEMOA notificó a la Organización que había aprobado el proyecto de acuerdo de cooperación entre ambas organizaciones.
Una delegación de la UEMOA participó en la reunión inaugural del Foro de organizaciones regionales y subregionales de África para favorecer la cooperación entre la UNESCO y la NEPAD (FOSRASUN), que se celebró del 11 al 13 de septiembre de 2004. Ese Foro fue establecido por el Director General de conformidad con las recomendaciones formuladas en el Seminario de Uagadugú titulado “UNESCO-NEPAD: de la Visión a la Acción”, que tuvo lugar del 5 al 7 de marzo de 2003 y contó con la participación de la UEMOA.
Las recomendaciones del seminario fueron aprobadas por el Consejo Ejecutivo en su 166a reunión (Decisión 166 EX/4.1 (I)). 4. De conformidad con las conclusiones de la primera reunión del Foro, el Presidente de la Comisión de la UEMOA comunicó a la Organización que se había nombrado un enlace para el FOSRASUN dentro de la Comisión. Por su parte, la Oficina multipaís de Bamako desempeña la función de enlace de la UNESCO para la cooperación con la UEMOA.
Además, se ha recomendado que la cooperación con la UEMOA complemente la establecida con la Comunidad Económica de Estados de África Occidental (CEDEAO) y se armonice con ella.
La UNESCO, por su parte, participó en la 10ma reunión ordinaria de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de la UEMOA que tuvo lugar el 27 de marzo de 2006 en Niamey.
El acuerdo de cooperación con esta organización se ajusta a la recomendación formulada en el FOSRASUN, por la que se invita a la UNESCO y las organizaciones regionales a facilitar los procesos de concertación conducentes a la firma de acuerdos de cooperación para realizar actividades conjuntas. Corresponde asimismo al espíritu de las Decisiones 164 EX/8.6, 166 EX/4.1 y 170 EX/4.1 del Consejo Ejecutivo –relativas al fortalecimiento de la cooperación con las organizaciones africanas, pilares de la ejecución de los programas de la NEPAD y del proceso de integración regional– y de las Resoluciones A/RES/57/2, A/RES/57/7, A/RES/58/233, A/RES/59/254 y A/RES/60/222 de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativas a la NEPAD.
Conforme a lo dispuesto en el párrafo 1 del Artículo XI de la Constitución de la UNESCO, el Director General somete a la consideración y aprobación del Consejo Ejecutivo el proyecto de acuerdo de cooperación que figura en el Anexo II.
La UNESCO y la UEMOA establecerán vínculos de cooperación por conducto de los órganos respectivos pertinentes. Esta cooperación abarcará, entre otros, los siguientes ámbitos:
- la educación
- los recursos humanos
- las ciencias fundamentales, la ingeniería y la tecnología
- las ciencias sociales y humanas
- la cultura
- la comunicación y la información
- la gestión de los recursos naturales
- el medio ambiente
- la cultura de paz
- el diálogo entre civilizaciones
- la juventud y la mujer
- la integración subregional y regional
- la lucha contra la pobreza
- la lucha contra las pandemias y epidemias, en particular la del VIH/SIDA.