Cónclave

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Cónclave
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Concepto:Reunión de los cardenales y lugar donde se juntan y encierran para elegir un nuevo Papa.

Cónclave. Es la reunión de los cardenales y lugar donde se juntan y encierran para elegir un nuevo Papa.

Cónclave

El término cónclave procede del latín “cum clavis" ("bajo llave"), por las condiciones de reclusión y máximo aislamiento del mundo exterior en que debe desarrollarse la elección, con el fin de evitar intromisiones de cualquier tipo.

Este sistema de encerrar a los electores del papa, vigente al menos desde el II Concilio de Lyon (1274), fue mitigado por Juan Pablo II en la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis (UDG), sobre la Vacante Apostólica y la elección del nuevo Pontífice (22 de febrero de 1996). Se establece en ella que los electores pueden residir, mientras dura el cónclave, en la recién construida Casa de Santa Marta, una residencia al efecto en el propio Vaticano, pero manteniendo la rigurosa prohibición de cualquier clase de contacto con el mundo exterior.

Desde hace siglos, los cónclaves tienen lugar en la Capilla Sixtina, dentro del complejo del Vaticano.

Comienzo

Los Cardenales se han de reunir en Cónclave para proceder a la elección del nuevo Romano Pontífice. El artículo 37 establece que comenzará 15 días después de la vacante de la Sede Apostólica, aunque el Colegio de Cardenales puede establecer otra fecha, que no puede retrasarse más de 20 días desde la vacante.

Derecho de elección

El artículo 33 indica que "el derecho de elegir al Romano Pontífice corresponde únicamente a los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, con excepción de aquellos que, antes del día de la muerte del Sumo Pontífice o del día en el cual la Sede Apostólica quede vacante, hayan cumplido 80 años de edad": por lo tanto, si un Cardenal cumple 80 años después de producirse la vacante -antes incluso de que comience el Cónclave- tiene derecho a elegir al Papa.

El canon 351 - 2 indica que "los Cardenales son creados por decreto del Romano Pontífice, que se hace público en presencia del Colegio Cardenalicio; a partir del momento de la publicación, tienen los deberes y derechos determinados por la ley". Por su parte, el artículo 36 de la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis añade que "un Cardenal de la Santa Iglesia Romana, que haya sido creado y publicado en Consistorio, tiene por eso mismo el derecho a elegir al Pontífice según el n. 33 de la presente Constitución, aunque no se le hubiera impuesto la birreta, entregado el anillo, ni hubiera prestado juramento. En cambio, no tienen este derecho los Cardenales depuestos canónicamente o que hayan renunciado, con el consentimiento del Romano Pontífice, a la dignidad cardenalicia. Además, durante la Sede vacante, el Colegio de los Cardenales no puede readmitir o rehabilitar a éstos".

La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis reitera en su artículo 33 la exclusión del derecho de elección activa por parte de cualquier otra dignidad eclesiástica o la intervención del poder civil de cualquier orden o grado. El artículo 80, además, castiga con excomunión latae sententiae a los Cardenales que acepten el encargo de una autoridad civil de proponer el veto contra algún Cardenal. Hasta 1904 los Reyes de algunas naciones católicas ostentaban derecho de veto en la elección pontificia. La última vez que se usó fue en el Cónclave de 1903, en el que el [emperador] de Austria vetó al Cardenal Rampolla. El Papa elegido en aquel Conclave, Pío X, promulgó la Constitución Apostólica Vacante Sede Apostolica el 25 de diciembre de 1904, por la que se abolía cualquier derecho de veto.

Admiciones

Para satisfacer las necesidades personales y de orden relacionadas con el desarrollo de la elección, han de entrar en las zonas reservadas a la habitación o a la elección el Secretario del Colegio Cardenalicio, que actúa de Secretario de la asamblea electiva; el Maestro de las Celebraciones Litúrgicas Pontificias con dos Ceremonieros y dos religiosos adscritos a la Sacristía Pontificia; un eclesiástico elegido por el Cardenal Decano, o por el Cardenal que haga sus veces, para que lo asista en su cargo. También deberán estar disponibles algunos religiosos de varias lenguas para las confesiones, y también dos médicos para eventuales emergencias. Se deberá también proveer oportunamente para que estén disponibles un número suficiente de personas adscritas a los servicios de comedor y de limpieza.

Además, si algún Cardenal lo necesita, puede solicitar la presencia de un enfermero que le acompañe. En la Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo a esta persona se le designaba conclavista.

Celebración

El artículo 41 señala que "el Cónclave para la elección del Sumo Pontífice se desarrollará dentro del territorio de la Ciudad del Vaticano, en lugares y edificios determinados, cerrados a los extraños, de modo que se garantice una conveniente acomodación y permanencia de los Cardenales electores y de quienes, por título legítimo, están llamados a colaborar al normal desarrollo de la elección misma".

Se debe señalar la novedad que supone este artículo: hasta el presente, nunca se había prescrito de modo taxativo el lugar de celebración del Cónclave. La práctica indica la Capilla Sixtina, dentro del Vaticano, como lugar habitual del Cónclave.

El artículo 41 de la Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo prescribía que la elección del Papa se realiza en el Palacio Vaticano o, por razones particulares, en otro lugar. La indeterminación de lugar se debía a una razón de prudencia, si en Roma no se garantizaba la libertad de los Cardenales Electores.

En el siglo XIX, los Cónclaves se celebraron en el Palacio del Quirinal en Roma. El último cónclave celebrado fuera de Roma se desarrolló en Venecia, entonces bajo la soberanía de Austria, en marzo de 1800, a la muerte de Pío VI. Este Papa falleció en Valence (Francia) en agosto de 1799, prisionero de Napoleón Bonaparte. Estando Roma ocupada por las tropas napoleónicas, parecía prudente celebrar el cónclave fuera del alcance del ejército francés. Pío VI desde la prisión había dado las normas necesarias para que se pudiera celebrar el cónclave "en cualquier lugar de cualquier príncipe católico". En el cónclave de Venecia fue elegido Pío VII.

Votación

El día fijado para el comienzo del Cónclave, por la mañana, se reúnen los Cardenales electores en la Basílica de San Pedro, y celebran la Misa votiva «Pro eligendo Papa». Esa misma tarde los Cardenales acuden en procesión a la Capilla Sixtina. Al llegar emiten solemne juramento.

Es misión del Cardenal Camarlengo, ayudado desde el exterior por el Sustituto de la Secretaría de Estado, de que la elección del Papa se desarrolle con la necesaria reserva y discreción. Para ello puede emplear los medios técnicos que estime conveniente, de modo que asegure que no se instalen medios audiovisuales de grabación y transmisión al exterior.

Modos de elección

En este punto la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis introduce una modificación significativa. Hasta su promulgación, había tres modos de elección del Romano Pontífice: per acclamationem seu inspirationem (por aclamación o inspiración), per compromissum (por compromiso) y per scrutinium (por escrutinio). La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis declara abolidos los modos de elección por aclamación y por compromiso, dejando únicamente el modo por escrutinio como válido.

El Papa era elegido por aclamación o inspiración si los Cardenales electores, "como iluminados por el Espíritu Santo, libre y espontáneamente, proclaman a uno, por unanimidad y de viva voz, Sumo Pontífice" (Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo, artículo 63). La elección por compromiso tenía lugar si "en determinadas circunstancias particulares, los Cardenales electores encomiendan a un grupo de ellos el poder de elegir, en lugar de todos, al Pastor de la Iglesia Católica" (Constitución Apostólica Romano Pontifici Eligendo, artículo 64).

La elección por escrutinio, el único modo actualmente válido, tiene lugar a través de la votación, individual y secreta, de los Cardenales electores. La Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis prescribe que se deben realizar dos votaciones cada día, además de una votación la tarde en que comienza el cónclave. Para que sea válida la elección debe contar con dos tercios de los votos. El artículo 74 prevé que, si después de 24 escrutinios los Cardenales no consiguen ponerse de acuerdo sobre el Cardenal elegido, podrán decidir por mayoría absoluta el modo de proceder, pero nunca se deberá prescindir del requisito de exigir mayoría simple para que sea válida la elección.

Después de cada elección se queman las papeletas. La tradición indica que los Cardenales provoquen con paja seca o húmeda que el humo sea negro, si no se ha elegido al Papa, o blanco si se ha elegido al nuevo Romano Pontífice: es la conocida fumata negra o fumata blanca, que suele ver el pueblo romano desde la plaza de San Pedro.

Requisitos

La legislación canónica no impone requisitos para ser elegido Papa: por lo tanto, se deben considerar requisitos los propios del derecho divino para ser Obispo, es decir, ser varón con pleno uso de razón. En la práctica, sin embargo, desde hace muchos siglos el elegido ha sido siempre Cardenal.

Aceptación del nuevo Pontífice

Una vez elegido, el Cardenal Decano pregunta al elegido si acepta su elección canónica como Sumo Pontífice. Si el elegido que es Obispo acepta, desde ese momento adquiere de hecho la plena y suprema potestad sobre la Iglesia universal. Una vez que ha aceptado, le pregunta el nombre por el que quiere ser llamado. Si el elegido no es Obispo, se procede inmediatamente a su ordenación episcopal.

Los Cardenales a continuación le rinden homenaje y le prestan obediencia. Después el primero de los Cardenales Diáconos -es decir, el Cardenal Protodiácono- anuncia desde el balcón de la Basílica Vaticana al pueblo reunido en la plaza de San Pedro la elección del nuevo Papa, usando la tradicional fórmula: "Nuntio vobis gaudium magnum: habemus Papam!". El Romano Pontífice imparte la bendición Urbi et Orbi.

De acuerdo con el artículo 90, si el elegido se encuentra fuera de la Ciudad del Vaticano, "deben observarse las normas del mencionado Ordo rituum Conclavis"

El artículo 92 indica que "el Pontífice, después de la solemne ceremonia de inauguración del pontificado y dentro de un tiempo conveniente, tomará posesión de la Patriarcal Archibasílica Lateranense, según el rito establecido".

Últimos cónclaves

Papa Votaciones
(A favor)
Duración
(Días)
Año
Francisco I 5 2 2013
Benedicto XVI 4 2 2005
Juan Pablo II 8 3 1978
Juan Pablo I 4 2 1978
Pablo VI 6 3 1963
Juan XXIII 14 4 1958
Pío XII 3 2 1939
Pío XI 14 5 1922
Benedicto XV 10 4 1914
Pío X 7 5 1903

Fuentes