Diferencia entre revisiones de «Monumentos Nacionales y Locales (Cuba)»

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*[[Plaza de la Revolución José Martí]] Resolución 07/2010
 
*[[Plaza de la Revolución José Martí]] Resolución 07/2010
 
*[[Hotel Habana Riviera]] Resolución 02/2012
 
*[[Hotel Habana Riviera]] Resolución 02/2012
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=== Mayabeque  ===
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*Antiguo[[Antiguo Ingenio Alejandría]] Resolución 40/1981
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*[[Parque Municipal de Melena del Sur]] Resolución 177/2001
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*[[Grada de construcción naval de Boca de Jaruco]] Resolución 09/2013
  
 
=== Matanzas  ===
 
=== Matanzas  ===
Línea 188: Línea 194:
 
*[[Ingenio El Oriente]] Resolución 06/2012
 
*[[Ingenio El Oriente]] Resolución 06/2012
 
*[[Casa natal de Gertrudis Gómez de Avellaneda]] Resolución 06/2013
 
*[[Casa natal de Gertrudis Gómez de Avellaneda]] Resolución 06/2013
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*[[Instituto de Segunda Enseñanza Alvaro Morel]] Resolución 12/2013
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*[[Combate de Las Guásimas]] Resolución 13/2013
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*[[Combate de Rescate de Sanguily]] Resolución 13/2013
  
 
=== Las Tunas  ===
 
=== Las Tunas  ===
Línea 194: Línea 203:
 
*Sitio Histórico [[San Miguel del Rompe]] Resolución 112/1993
 
*Sitio Histórico [[San Miguel del Rompe]] Resolución 112/1993
 
*[[Memorial Vicente García González]] Resolución 132/1996
 
*[[Memorial Vicente García González]] Resolución 132/1996
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*[[Combate de Palo Seco]] Resolución 13/2013
  
 
=== Holguín  ===
 
=== Holguín  ===
Línea 219: Línea 229:
 
=== Granma  ===
 
=== Granma  ===
  
*Ciudad de Bayamo, [[Antigua Ciudad de San Salvador de Bayamo]] Resolución 02 y 03/1978
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*[[Ciudad de Bayamo]] Resolución 02/1978
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*[[Antigua Villa de San Salvador de Bayamo]] Resolución 03/1978
 
*[[Casa natal de Carlos Manuel de Céspedes]] Resolución 03/1978
 
*[[Casa natal de Carlos Manuel de Céspedes]] Resolución 03/1978
 
*[[La Demajagua]] Resolución 03/1978
 
*[[La Demajagua]] Resolución 03/1978
Línea 240: Línea 251:
 
*[[Campamento 27: Vuelta Grande]]
 
*[[Campamento 27: Vuelta Grande]]
 
*[[Parque Museo Ñico López]] Resolución 193/2004
 
*[[Parque Museo Ñico López]] Resolución 193/2004
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*[[Combate de Peralejo]] Resolución 13/2013
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*[[Combate de Yara]] Resolución 13/2013
  
 
=== Santiago de Cuba  ===
 
=== Santiago de Cuba  ===
Línea 293: Línea 306:
 
*[[Sitio Natural Pico Cristal]] Resolución 07/2011
 
*[[Sitio Natural Pico Cristal]] Resolución 07/2011
 
*[[Paisaje Cultural del Cobre y Sitios del Camino de la Virgen de la Caridad del Cobre]] Resolución 01/2012
 
*[[Paisaje Cultural del Cobre y Sitios del Camino de la Virgen de la Caridad del Cobre]] Resolución 01/2012
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*[[Combate de San Juan]] Resolución 13/2013
  
 
=== Guantánamo  ===
 
=== Guantánamo  ===
Línea 323: Línea 337:
 
*[[Parque Nacional Alejandro de Humboldt]] Resolución 03/2012
 
*[[Parque Nacional Alejandro de Humboldt]] Resolución 03/2012
 
*[[Ruinas de las primeras plantaciones cafetaleras de Guantánamo]] Resolución 04/2012
 
*[[Ruinas de las primeras plantaciones cafetaleras de Guantánamo]] Resolución 04/2012
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*[[Combate de Sao del Indio]] Resolución 13/2013
  
 
=== Municipio Especial Isla de la Juventud  ===
 
=== Municipio Especial Isla de la Juventud  ===
Línea 354: Línea 369:
 
*Varias Cuevas y lugares de Artes Rupestre (Sitios Naturales):[[Cueva del Abono.]] Resolución 63/1989
 
*Varias Cuevas y lugares de Artes Rupestre (Sitios Naturales):[[Cueva del Abono.]] Resolución 63/1989
 
*Las Grandes Cavernas [[Gran Caverna de Los Pérdidos.]] Resolución 64/1989
 
*Las Grandes Cavernas [[Gran Caverna de Los Pérdidos.]] Resolución 64/1989
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*[[Combate de Río Hondo]] Resolución 13/2013
  
 
=== La Habana  ===
 
=== La Habana  ===
Línea 488: Línea 504:
 
*[[Cueva de Santa Rita]]
 
*[[Cueva de Santa Rita]]
 
*[[Loma de los Mates]]
 
*[[Loma de los Mates]]
*[[Casa natal de René Ramos Latour.]] Resolución 73/1990
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*[[Casa natal de René Ramos Latour]] Resolución 73/1990
 
*[[Faro Cabo Lucrecia.]] Resolución 120/1995
 
*[[Faro Cabo Lucrecia.]] Resolución 120/1995
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*[[Hogar de Ancianos [[Jesús Menéndez]] Resolución 11/2013
  
 
=== Granma  ===
 
=== Granma  ===
Línea 499: Línea 516:
 
*[[Conjunto Arquitectónico formado por la Casa del Farero y el Faro de Cabo Cruz.]] Resolución 100/1991
 
*[[Conjunto Arquitectónico formado por la Casa del Farero y el Faro de Cabo Cruz.]] Resolución 100/1991
 
*[[Teatro de Manzanillo.]] Resolución 194/2004
 
*[[Teatro de Manzanillo.]] Resolución 194/2004
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*[[Combate de San Antonio de Baja]] Resolución 13/2013
  
 
=== Santiago de Cuba  ===
 
=== Santiago de Cuba  ===
Línea 515: Línea 533:
 
*[[Cine Rex. Aguilera No.811]] Casa Cuartel
 
*[[Cine Rex. Aguilera No.811]] Casa Cuartel
 
*[[Cine Capitolio. Garzón No.256]] Casa Cuartel
 
*[[Cine Capitolio. Garzón No.256]] Casa Cuartel
*[[Escuela Activa. San Gerónimo No.469 e/ Calvario y Carnicería]] Casa Cuartel
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*[[San Gerónimo No.469 e/ Calvario y Carnicería]] (Escuela Activa). Casa Cuartel
 
*[[Calle A No.141, Mariana de la Torre]] Casa Cuartel
 
*[[Calle A No.141, Mariana de la Torre]] Casa Cuartel
*[[Santa Lucía e/ Cuartel de Pardo y Paraíso]] Casa Cuartel
 
 
*[[San Agustín No.9 e/ Martí y San Antonio]] Casa Cuartel
 
*[[San Agustín No.9 e/ Martí y San Antonio]] Casa Cuartel
 
*[[Tercera No.217 e/ 8 y 10. Sorribes]] Casa Cuartel
 
*[[Tercera No.217 e/ 8 y 10. Sorribes]] Casa Cuartel
*[[Primera No.2 esq. 2da de Sorribes]] Casa Cuartel
+
*[[Primera No.22 esq. 2da de Sorribes]] Casa Cuartel
 
*[[Quinta No.102 e/ C y E, Vista Hermosa]] Casa Cuartel
 
*[[Quinta No.102 e/ C y E, Vista Hermosa]] Casa Cuartel
 
*[[Cafetería Rincón Bendito, Ave. de Céspedes No.57 esq. A]] Casa Cuartel
 
*[[Cafetería Rincón Bendito, Ave. de Céspedes No.57 esq. A]] Casa Cuartel
 
*[[Instituto de Segunda Enseñanza, Garzón s/n]] Casa Cuartel
 
*[[Instituto de Segunda Enseñanza, Garzón s/n]] Casa Cuartel
*[[Santa Lucía No.350 esq. San Félix]] Dirección del M-26-7
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*[[Santa Lucía No.350 esq. San Félix]] (Sede del Centro de Superación para el Aret y la Cultura)Dirección del M-26-7
*[[2da s/n, Punta Gorda]] Direción del M-26-7
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*[[Segunda s/n, Punta Gorda]] Direción del M-26-7
 
*[[San Fermín No. 358 e/ Trinidad y San Germán]] Dirección M-26-7
 
*[[San Fermín No. 358 e/ Trinidad y San Germán]] Dirección M-26-7
 
*[[San Gerónimo No.473 e/ Carnicería y Calvario]] Dirección M-26-7
 
*[[San Gerónimo No.473 e/ Carnicería y Calvario]] Dirección M-26-7
*[[Antiguo Colegio Sagrado Corazón. Carretera del Caney]] Casa Botiquín
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*[[Antiguo Colegio Sagrado Corazón. Carretera del Caney]] (Escuela Instructotes de Arte) Casa Botiquín
*[[Armería de la Ferretería Dolores. Calvario No.551 e/ Aguilera y Heredia]] Lugar Atacado
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*[[Calvario No.551 e/ Aguilera y Heredia]] Lugar Atacado
*[[Calle Nueva No.120 e/ Trinidad y Habana]] Casa Cuartel
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*[[Calle Nueva No.120 e/ Trinidad y Habana]] (Armería de la Ferretería Dolores)Casa Cuartel
 
*[[Heredia No.795 e/ San Miguel y Calle Blanca]] Casa Botiquín
 
*[[Heredia No.795 e/ San Miguel y Calle Blanca]] Casa Botiquín
*[[Princesa No.607 e/ Calvario y Tres Cruces]] Casa Botiquín
 
 
*[[Santo Tomás No.158 e/ San Antonio y San Mateo]] Casa Cuartel
 
*[[Santo Tomás No.158 e/ San Antonio y San Mateo]] Casa Cuartel
*[[René Ramos Latourt No.14]] Casa Cuartel
+
*[[René Ramos Latour No.14]] Casa Cuartel
 
*[[Pedro Alvarado No.1 Apto. C (altos), Reparto Terraza]] Casa Cuartel
 
*[[Pedro Alvarado No.1 Apto. C (altos), Reparto Terraza]] Casa Cuartel
 
*[[Habana No.404 e/ San Pedro y Santo Tomás]] Casa Cuartel
 
*[[Habana No.404 e/ San Pedro y Santo Tomás]] Casa Cuartel
 
*[[Cañedo No.9 e/ Garzón y escario]] Casa Cuartel
 
*[[Cañedo No.9 e/ Garzón y escario]] Casa Cuartel
 
*[[Calle A s/n e/ 6 y 7. Reparto Agüero]] Casa Cuartel
 
*[[Calle A s/n e/ 6 y 7. Reparto Agüero]] Casa Cuartel
*[[René Ramos Latourt No. 45 e/ Pérez Andrés y Mártires del Virginius]] Casa Cuartel
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*[[René Ramos Latour No. 45 e/ Pérez Andrés y Mártires del Virginius]] Casa Cuartel*[[Patricio Lumumba No. 588 1/2 e/ Altos de Quintero y Los Cocos]] Casa Botiquín
*[[Patricio Lumumba No. 588 1/2 e/ Altos de Quintero y Los Cocos]] Casa Botiquín
 
 
*[[Calle K No. 275 esq. 6ta sueño (Antigua Escuela Nueva)]] Casa Botiquín
 
*[[Calle K No. 275 esq. 6ta sueño (Antigua Escuela Nueva)]] Casa Botiquín
 
*[[Escario No. 160e/ Pedrera y San Miguel]] Casa Cuartel
 
*[[Escario No. 160e/ Pedrera y San Miguel]] Casa Cuartel
 
*[[Calle 6 No. 1121/2 e/ José A. Saco y Aguilera]] Casa Cuartel
 
*[[Calle 6 No. 1121/2 e/ José A. Saco y Aguilera]] Casa Cuartel
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*[[Santa Lucía (antiguo No.612)]]
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*[[Princesa No.607 e/ Calvario y Tres Cruces]] Casa Botiquín
 
*[[Fortín de Yarayó.]] Resolución 11/2008
 
*[[Fortín de Yarayó.]] Resolución 11/2008
 
*[[Casa de Rafael Manduley del Río.]] Resolución 02/2009
 
*[[Casa de Rafael Manduley del Río.]] Resolución 02/2009
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*[[Combate de La Galleta]] Resolución 13/2013
  
 
=== Guantánamo  ===
 
=== Guantánamo  ===
Línea 565: Línea 583:
 
*[[El Fuerte de Morillo]]
 
*[[El Fuerte de Morillo]]
 
*[[Plaza Mariana Grajales.]] Resolución 121/1995
 
*[[Plaza Mariana Grajales.]] Resolución 121/1995
*[[Palacio Salcines.]] Resolución 182/2002
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*[[Palacio Salcines]] Resolución 182/2002
*[[Parque José Martí.]] Resolución 03/2011
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*[[Parque José Martí]] Resolución 03/2011
*[[Plaza del Mercado.]] Resolución 06/2011
+
*[[Plaza del Mercado]] Resolución 06/2011
*[[Estación Ferroviaria Norte.]] Resolución 01/2013
+
*[[Estación Ferroviaria Norte]] Resolución 01/2013
*[[Residencia de la familia Simón Manet.]] Resolución 03/2013
+
*[[Residencia de la familia Simón Manet]] Resolución 03/2013
*[[Antiguo Ayuntamiento.]] Resolución 04/2013
+
*[[Antiguo Ayuntamiento]] Resolución 04/2013
 +
*[[Combate El Jobito]] Resolución 13/2013
  
 
=== Municipio Especial Isla de la Juventud  ===
 
=== Municipio Especial Isla de la Juventud  ===

Revisión del 16:11 17 ene 2014

Monumentos Nacionales y Locales (Cuba)
Información sobre la plantilla
Monumentos.jpg
Concepto:Declaratoria de la Comisión Nacional de Monumentos.
Monumento Nacional y Monumento Local. Declaratorias de la Comisión Nacional de Monumentos sobre aquellas construcciones, sitios u obejetos que por sus valores históricos, artísticos, ambientales, naturales y/o sociales merecen ser conservados.

Monumento

Un monumento (del latín monumentum, «recordar») es toda obra, preferentemente arquitectónica, de justificado valor artístico, histórico o social. Originalmente el término se aplicaba exclusivamente a la estructura que se erigía en memoria de un personaje o de un acontecimiento relevante, pero su uso fue extendiéndose y ha llegado a comprender cualquier construcción histórica enclavada en un núcleo urbano o aislada en el medio rural.

Monumento Nacional

Se entiende por Monumento Nacional todo centro histórico urbano y toda construcción, sitio u objeto que, por su carácter excepcional, merezca ser conservado por su significación cultural, histórica o social para el país y que, como tal sea declarado por la Comisión Nacional de Monumentos.

Monumento Local

Se entiende por Monumento Local toda construcción, sitio u objeto que, no reuniendo las condiciones necesarias para ser declarado Monumento Nacional, merezca ser conservado por su interés cultural, histórico o social para una localidad determinada y que, como tal, sea declarado por la Comisión Nacional de Monumentos.

Declaración de Monumento Nacional o Local

La declaración de Monumento Nacional o Monumento Local puede disponerse por:

  • Su valor histórico: aquellas construcciones, sitios y objetos dignos de ser preservados por su relación con un acontecimiento relevante de nuestra historia política, social, científica o cultural.
  • Su valor artístico: aquellas construcciones, esculturas monumentales y objetos que presenten por su estilo o detalles decorativos, valores dignos de ser preservados.
  • Su valor ambiental: aquellos centros históricos urbanos y construcciones que, debido a su forma o carácter arquitectónico, han llegado por el uso y la costumbre a representar un ambiente propio de una época o región.
  • Su valor natural o social: aquellos sitios que presenten características científicas o culturales en sí o que, por sus formaciones geológicas o fisiográficas, constituyan el hábitat de especies animales o vegetales de gran valor o amenazadas de extinción.

Protección y restricciones en los Monumentos Nacionales o Locales

Declarado Monumento Nacional o Monumento Local una construcción, un centro histórico urbano, sitio u objeto, se considerará de interés social y quedará sujeto a la protección y a las restricciones que se establecen por esta ley.

Realizada la declaración, la Comisión Nacional deberá comunicarla al propietario o poseedor del mismo. En caso de que el Monumento Local pertenezca a un particular, el Estado se reserva el derecho de adquirirlo si fuere necesario para su preservación. Si no se llegare a un acuerdo con el propietario o poseedor, la Comisión Nacional iniciará, conforme a la legislación vigente, el correspondiente procedimiento para la expropiación forzosa.

La Comisión Nacional determina la Zona de Protección, que es el área contigua a un Monumento Nacional o Local, tanto si la declaratoria de esta condición ya se ha hecho como si se halla en proceso de investigación para declararla.

Monumentos Nacionales de Cuba

Pinar del Río

Artemisa

La Habana

Mayabeque

Matanzas

Villa Clara

Cienfuegos

Sancti Spíritus

Ciego de Ávila

Camagüey

Las Tunas

Holguín

Granma

Santiago de Cuba

Guantánamo

Municipio Especial Isla de la Juventud

Monumentos Locales de Cuba

Pinar del Río

Artemisa

La Habana

Mayabeque

Matanzas

Villa Clara

Cienfuegos

Sancti Spíritus

Ciego de Ávila

Camagüey

Las Tunas

Holguín

Granma

Santiago de Cuba

Guantánamo

Municipio Especial Isla de la Juventud

Zonas de Protección

Pinar del Río

Artemisa

La Habana

Matanzas

Villa Clara

Cienfuegos

Sancti Spíritus

Ciego de Ávila

Las Tunas

Holguín

Granma

Santiago de Cuba

Guantánamo

Véase también

Fuentes